el día 4 de enero de 2011 hacienda envía a don Pepito una diligencia de embargo de crédito referente al pago de una sanción de la empresa X.
el día 10 de enero de 2011 haciende suspende la sanción de la empresa X por haber esta interpuesto una reclamación económica administrativa.
¿Debe levantar hacienda la diligencia de embargo de crédito a don pepito?, ¿En base a qué preceptos legales?