Hola:
Tenemos en ejecución una sentencia contra una empresa que fue juzgada en rebeldía.
Ahora hemos tenido conocimiento de que esa empresa se ha disuelto y sigue funcionando otra con el mismo objeto social, mismo administrador, mismo domicilio social, mismos socios y mismo personal.
La aplicación de la teoría del levantamiento del velo parece clara, ahora bien, ¿puedo acreditar tales extremos en ejecución para que la misma se dirija contra la nueva empresa? ¿o debo plantear demanda en el declarativo que corresponda solicitando que, previo levantamiento del velo, se condene a la nueva sociedad?
Muchas gracias.
Primero levantamiento del velo y después ejecutar la Sentencia que tienes.
Enerarté si puedes si es la primera sucesión de empresas o han existido anteriores a la que demandas, entraría claramente en el tipo de estafa.
No puedes solicitar la ejecución de un pronunciamiento contra alguien que no ha sido demandado en el declarativo, así que como dice satanete, 1º declarativo para el levantamiento y luego ejecución.