Buenas tardes chuky1964, las dudas que me quedan es que una vez sacado el vehículo del depósito la actuación de la G. Urbana se acaba no hay una revisión de que realmente se han cambiado las ruedas y porque el instituto metropolitano del taxi ha de facilitar un certificado para sacar el vehículo del depósito.
En este caso pienso que la G. Urbana es la que ha de facilitar la salida del depósito y en un tiempo preestablecido pasar una revisión en las dependencias de esta o en el taller, pues, ¿en el caso de no cambiar las ruedas estaríamos en un supuesto de quebrantamiento de la inmovilización?.
Saludos y gracias por las aportaciones.
Pienso que la actuación es correcta, pero para levantar la inmovilización, deben desaparecer las causas que la motivaron, es decir, el vehículo debe ser remolcado con una grua hasta un taller.
Y si deberian especificar las causas del peligro.
Corresponde una denuncia por rueda.
1.- Sí, puede.
2.- Por tratarse de un taxi creo que es la Corporación Metropolitana del Taxi o como se llame la que velará por el cumplimiento de los requisitos para seguir ejerciendo con ese vehículo.
3.- Un denuncia por cada rueda.
4.- Deberían haber especificado la causa, es recurrible.
Buenas tardes, tengo un amigo que le han inmovilizado el vehículo por llevar dos ruedas gastadas (ya lo sabía e iba a cambiarlas antes de una semana pues tenía hora para la ITV), el vehículo es un taxi de Barcelona para poderlo sacar del depósito ha tenido que ir al instituto metropolitano del taxi para que le hiciesen un certificado para presentarlo en el depósito una vez presentado ha sacado el vehículo y no ha tenido que realizar ningún trámite más.
Le han puesto tres denuncias una por la rueda delantera izquierda, otra por la rueda delantera derecha y una última por circular poniendo en peligro a los demás usuarios de la vía pero sin concretar la causa por la que ponía en en peligro a los demás usuarios.
Si para levantar la inmovilización han de desaparecer las causas que la motivaron, en este caso entiendo que el Agente que inmoviliza el vehículo o en todo caso la administración se ha desentendido de la inmovilización.
Mi pregunta va en este sentido:
¿Puede una administración que no regula lo concerniente a las normas de circulación ni puede influir en el procedimiento sancionador levantar una inmovilización?
¿Debería la administración proceder en un tiempo determinado a revisar que en el vehículo se han subsanado los desperfectos por los cuales se inmovilizó el vehículo?
¿Se puede denunciar por rueda o debería ser una sola denuncia.?
¿en la denunciar por poner en riesgo a los demás usuarios de la vía , debería constar la causa?
¿si no consta la causa hay un defecto de forma?