Hola, queria consultar lo iguiente, mi cliente tiene firmadas letras de cambio para pago de cantidades a cuenta por la compra de una vivienda, estan endosadas y descontadas por el promotor,no hay avales que garanticen lo que se va abonando, y han suspendido los pagos, lo que se le ha hecho saber al promotor, a ver si resolvian ellos, pero no han contestado no les interesa. Del cambiario no se librarian y creo lo tendría todo perdido aunque opusiera la exceptio non adimpleti contractus, pues los incumplimientos de la promotora no se resolverian en ese procedimiento, y mi cliente teme las costas. ¿A alguien le ha prosperado esta excepción en un supuesto como este? Gracias