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Letras de cambio

1 Comentarios
 
Letras de cambio
15/01/2014 11:30
Buenos días,

Me surge una duda a la hora de valorar la mejor manera de orientar un tema. Un familiar presto dinero a un amigo que estaba pasando dificultades económicas. Para devolvérselo, y como administrador único de una SL unipersonal, emitió pagares por el montante de la deuda. Todos los pagares han sido devueltos y no hemos recuperado nada. Existe un reconocimiento privado de la deuda firmado por el deudor personalmente. A quien debemos reclamar? Sociedad que emite los pagares / deuda personal o ambos??

Gracias anticipadas,

Silvia
15/01/2014 18:27
hola silvia,
discúlpame si me equivoco, pero en estos casos, parece más ejericicios de la carrera que casos reales.
De entrada, vuestro amigo ha cometido un error, ya que ha traspasado una deuda personal a la empresa.
En base a qué transacción comercial ha emitido unos pagarés para el pago de una deuda a título personal del propietario. (ya no entro en las consideraciones contables y fiscales)
Dado que la empresa ha devuelto los pagarés (todo y que en el título has puesto letras de cambio), resulta obvio que debes ir contra vuestro amigo a título personal, ya que la empresa está "pelada", sino los hubiera atendido. Siempre tendrás tiempo de iniciar un cambiario.
Si tenéis reconocimiento de deuda a título personal, debes ir por monitorio.
Entiendo que los pagarés no estaban avalados por el propietario.
Quedo a tu disposición.