Os comento un caso que me ha llegado. En la compra de una vivienda a una Sociedad Cooperativa, se acordó el pago de la entrada, a través de unas letras de cambio que la sociedad iba presentando al cobro en la entidad financiera acordada. Se emitieron 10 letras de cambio de las cuáles solo se llegaron a presentar 7 ya que la sociedad se extinguió y las letras se han perdido. El propietario quiere vender la vivienda sin cargas, puesto que ya ha pagado la hipoteca pero sigue constando en el Registro de la Propiedad las letras de cambio. ¿ Cómo puedo instar al RC para indicarle que procedana a la cancelación? las letras son del año 2.000, estarían ya prescritas. ¿ Es necesario consignar en el Juzgado la cantidad pendiente para que se declare la anulación de dicho apunte?