En mi opinión, en el ámbito penal tiene pocas posibilidades de prosperar, porque imagino que el impacto sería casual, no provocado por alguna persona con intención de causar algún daño a la señora ¿no?, por lo que yo no veo que exista responsabilidad penal.
Tal vez sería preferible reclamar por responsabilidad patrimonial a la administración, donde únicamente hay que demostrar que las lesiones sufridas se han producido por un funcionamiento anormal del ascensor, sería necesario reclamación previa y si se desestima al contencioso.
lesiones provocadas a una señora por el impacto de la puerta de un ascensor, le han quedado secuelas neurológicas de la fuerza del impacto. Se puede plantear en el ámbito penal, la querella se insta en base a qué delito. Necesito la ayuda urgente. Por favor, alguien que se apiade de mi.