Habría que sabler la edad del perjudicado para la valoración de los puntos y si los días de baja han sido de hospitaliación, o impeditivos, o no impeditivos.
Dice el médico forense de sanidad que "ha requerido 8 días para su curación, de los cuales ha estado incapacitado para sus ocupaciónes habituales ningún día..
Aquí en el informe pone: ha quedado secuela, la cual especifica a continuación, procediendo a su valoración según el aremo de Secuelas Del Real Decreto Legislativo 8/04....
Basti te lo ha hecho fenomenal, el factor corrector es porque estás en edad laboral, pero si trabajas puedes presentar los ingresos del año 2009 y si son superiores a 26.209,38 € el porcentaje puede aumentar. Lo que me extraña es que el forense solo te de 8 días no impeditivos y 3 puntos de secuela.
La Resolución de la Dirección General de Seguros, establece ese incremento mínimo del 10%, para cualquier víctima en edad laboral, sin neciesidad de justificar ingresos.
Le apliqué directamente ese porcentaje porque supuse que con la edad indicada no estaría trabajando, pero sin embargo se encuentra en edad laboral.
En cuanto a la valoración del forense a mí también me extraña porque no guarda una relación racional 3 puntos de secuelas con 8 días no impeditivos. Se debería de haber solicitado una aclaración al respecto.
Basti, la Dirección General de Seguros, lo que hace es publicar el incremento anual, las indemnizaciones es por la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor. Inchy, ¿qué secuelas te ha dado el forense?, porque normalmente cuando hay secuelas es porque ha habido un proceso de asistencias sanitaria con días de baja o impeditivos y rehabilitación, y lo que queda es secuela porque no se ha podido recupera, movilidad, giros parciales, movimientos reducidos, etc.
Perdona, no me he referido a la Dirección General de Seguros, sino a la Resolución de la Dirección General de Seguros, que da publicidad a la cuantías de las indemnizaciones que se recogen en el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación; cuantías actualizadas según el IPC de 2009, por dicha Resolución en la que se indica el establecimiento del un incremento mínimo del 10%, que se denomina Factor Corrector para la indemnización por lesión permanente o por muerte, sin necesidad de justificación.
La causa es de una pelea, es de un amigo. En el informe médic lo que pone es:
Ha quedado Secuela, la cual especifica a continuación. procediendo a su valoración según el Baremo de Secuelas del Real Decreto Legilativo 8/04 por e u se aprueba el texo refundido de la Ley sobre responsilidad civil y seguro en la circulaión de vehículos a motor:
- Cicatriz lineal y longitudinal de 0.5 cm en región izquierda del labio inferior, indurada, que le produce un perjuicio estético ligero (3 puntos).
Creo que el informe de sanidad es correcto ya que no se trata de una lesión en sí, sino de un perjuicio estético que ha podido tardar en curarse los 8 días que indica y esa cicatriz no impide el desarrollo de una acitividad laboral, por lo que salvo mejor criterio considero que el cálculo efectuado de la indemnización en principio sería correcto.
Cuando son lesiones dolosas, el baremo es orientativo y, aunque algunos juzgados lo aplican, se puede reclamar otras cantidades por las lesiones. En mi zona, por cada día impeditivo se reclaman 60 euros y por cada día no impeditivo, 30 euros. Las secuelas igualmente se reclaman sin ajustarse al baremo.