Estimados compañeros y otros operadores, se trata de mi primer tema de herencias y me gustaría recabar algún consejo interesante.
En Valencia. Un matrimonio con tres bienes; 2 CAMPOS RÚSTICOS y 1 VIVIENDA; que el marido fallece en 2001 dejando herederos a sus dos hijos A y B con usufructo a su mujer que fallece en 2005 legando a su hijo A con cargo al tercio de mejor y L.D. la parte que como ganancial le corresponde de la vivienda; NO HAY DIVISIÓN DE LA SOCIEDAD GANANCIAL.
Mi cliente es B, se nos pasa un inventario con las valoraciones que ellos quieren y pretenden que firmemos en notaría la aceptación.
Yo entiendo que se está perjudicando la legítima de mi cliente al ser la valoración de la vivienda muy superior a la que ellos nos pasan, por lo tanto afectaría a la legítima.
Ellos van a pedir la división judicial de las herencias.
La pregunta es si he de esperarme a contestar y alegar la lesión de la legítima, en base a nuestras valoraciones o debo interponer una demanda de impugnación de testamento?
Si interpongo demanda he de presentar tasaciones y realizar operaciones???