Hola, se podría considerar las lentillas como gasto extraordinario cuando ya se tiene gafas y las lentillas las utiliza solo para salir con los amigos?
Uno de los requisitos de los gastos extraordinarios es que sean necesarios, imprescindibles. Por ejemplo, las gafas tienen esa consideración de gasto extraordinario. Si las lentillas no son imprescindibles se deberían incluir dentro de lo que se consideran como gastos accesorios o complementarios. Para esos gastos se requiere normalmente la conformidad de ambos progenitores.
Entiendo que si no estás conforme no se te puede exigir el pago.
Saludos,