El CC permite adquirir las legítimas bien por herencia, bien por legado, bien por donación. Abstrayéndonos de la donación, si se quiere, por ser entre vivos, ¿qué ventajas o desventajas tiene adquirirla por herencia frente a adquirirla por legado? ¿es aconsejable un modo u otro en algún caso (proindivisos, desheredaciones, ...)?