Tengo una cuestión acerca de la legitimación directa e indirecta en el proceso civil. Así pues, en caso de que una sociedad de responsabilidad limitada intervenga en el proceso civil mediante su administradora, ¿se considera una legitimación directa o indirecta en el proceso?
La legitimación es activa o pasiva. Activa del demandante, pasiva del demandado.
Actor y demandado pueden ser personas físicas, o personas jurídicas que tienen su propia personalidad jurídica a todos los efectos. Pero como la persona jurídica es un ente incorpóreo, actúa en su representación sus administradores.