No veo legitimidad pasiva en A, ni tan siquiera litisconsorcio, tendras que demandar B.
Solo se me ocurre la Intervención Provocada del art. 14 LEC pero sin cualidad de demandado.
DUDA URGENTE: A vende a B un terreno urbanizable; B vende a C el terreno. Posteriormente el terreno se declara rustico, por lo que C quiere declarar la nulidad y reclamacion del precio, pero en lugar de reclamar a B, quiero reclamar a A, puesto que B esta en concurso y puede no llegar a cobrar. Procesalmente como puedo ir directamente a A?? Muchas gracias.