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legitimacion pasiva

4 Comentarios
 
Legitimacion pasiva
25/10/2004 17:30
Hola buenas:
He interpuesto un escrito monitorio reclamando cierta cantidad de dinero a una Comunidad de Bienes. Resulta que pasados los 20 días de plazo no ha comparecido en el Juzgado, consecuentemente declarando por finalizado el proceso monitorio.
La parte deudora es una Comunidad de Bines, pero no conozco quienes son los participes de la misma.¿ Que puedo hacer, solicitar al Juzgado que de oficio investigue quienes son los titulares de la Comunidad de Bienes?Ya que las Comunidades de Bienes no tienen personalidad juridica y son los propios comuneros quines deben de responder con la totalidad de los bienes.
Muchas gracias.
26/10/2004 09:30
Creo que estos datos deberias haberlos recabado antes de interponer el monitorio y haberlos aportado con la demanda. No aclaras a que tipo de Comunidad de Bienes te refieres y cual es el origen de la deuda. Supongo que la Comunidad de Bienes tendra un domicilio declarado. En cualquier caso si el juez admitio a tramite la demanda y la Comunidad no ha comparecido, el Juzgado ha tenido que despachar ejecucion, y en este segundo tramite podras aportar los datos necesarios. El fin ultimo de un monitorio si no se abona la deuda es el embargo de cuentas bancarias o propiedades, por lo que necesitaras aportar datos.
08/11/2004 18:10
en un monitorio hacen oposición por presentar pagares a nombre de dos empresas cuyo nombre es semejante, una dada de alta en el registro a nombre del marido y otra de la mujer, en el mismo polígono industrial. el contrario se opone por falta de legitimación,. SE CONVIERTE EL PROCEDIMIENTO EN VERBAL. QUE PUEDO ARGUMENTAR.
30/06/2021 18:38
Hola y gracias de antemano. Me veo en la situación de reclamar cantidad a una cb. He solicitado al juzgado, previamente a la interposición de la demanda, los datos de los comuneros, ya que no he tenido forma de averiguarlo. Esta solicitud ha sido infructuosa, no he obtenido datos ninguno porque la cb no ha contestado. Veis factible q interponga demanda y diga q he solicitado los datos y q no me los han dado, para evitar q me la desestimen por falta de legitimación?
30/06/2021 18:51
Esa clase de sociedades intervienen en el mercado como sociedades mercantiles, y por tanto tienen capacidad para ser demandadas, es decir: que puede usted demandar a la sociedad con independencia del contrato que vincule entre sí a los comuneros. De hecho, las normas de la comunidad de bienes contenidas en el Código Civil, que no reconoce otra personalidad que la de los componentes de la comunidad de bienes, solo son aplicables "a falta de contratos" (art. 392) por lo que, si se ha generado una deuda por la actividad de esa comunidad de bienes, no puede pretenderse que los responsables queden amparados en su morosidad por la ausencia de personalidad jurídica.