Te explico. Predio sirviente (mi cliente) compró casa sobre la que existe servidumbre de paso para aceder a la huerta del dominante. Éste vende la finca con la servidumbre (obviamente) y la adquiere el constructor que hace un edificio en esa parcela y modifica el paso, es decir le echa cemento y a partir de ese momento pasa por ese camino todos los vehículos tanto del constructor como, ahora, de los vecinos que han adquirido garaje.
Por eso tenía la duda de a quien demandar, si al actual titular registral (comunidad de propietarios de plazas de aparcamiento), al constructor que modificó el paso, o a ambos.
mira vega, no desaconsejo que se busque jurisprudencia, pero en este caso concreto, entiendo que es independiente que se trate de un tema de servidumbres, etc...
simplemente te indico 2 cositas:
1º METES LA DEMANDA: ganas, ejecutas, quién tiene la legitimidad pasiva en la ejecución?, la comunidad no?, el constructor poco tiene que ver.
2º METES LA DEMANDA: contra constructor y contra comunidad; si se estima contra uno y contra el otro no (lo probable), te jalas las costas de uno.
3º METES LA DEMANDA CONTRA LA COMUNIDAD: si la comunidad entiende que se debía haber demandado al constructor, planteará la cuestión de falta de litisconsorcio pasivo, NO PASA NADA, no te preocupes, si el juez la admite en la a.previa, el Procurata hace fotocopias de la demanda y amplías contra el constructor y, además, si la sentencia absuelve al constructor, puede que no te casquen las costas, dado que no has actuado con temeridad contra él.
No obstante, en concreto, qué es lo que ha pasado exactamente?, de qué tipo de modificación hablas?, modificación registral (me extraña que se haya realizado sin firmar dominante y sirviente) o modificación de hecho?
Venga, guarromán, demuéstrame que te molan las servidumbres, como me dijiste, y échame una mano que con tanta jurisprudencia que estoy leyendo sobre el tema, creo que estoy perdiendo el norte.
Lo que yo pretendo es demandar al titular del predio dominante porque ha modificado una servidumbre de paso que grava la finca de mi cliente.
El problema es que la modificación se realizó cuando el predio dominante pertenecía a un constructor y ahora ha vendido los pisos y plazas de garaje de forma que la titularidad la ostenta esa comunidad de propietarios.
Yo lo sé vega, tranqui que las servidumbres y chorradas de ese tipo me molan.
No obstante, te aclaro que lo mismo da que se hable de una servidumbre que de cualquier acción similar.
Pos bueno, la legitimidad pasiva la tiene el actual titular registral.
Y por qué? te preguntarás, pues mira, es una acción real y no personal.
Y por qué? te preguntarás, pues mira, lo que tú pretendes es que el titular de una finca sea cargado con una servidumbre o bien, modificada la existente, y para tí debe ser independiente quién es el titular.
Saludos y enhorabuena por el disco "india", la canción de "grita" está guapísima.
En una demanda sobre modificación de servidumbre de paso por el titular del predio dominante, ostenta la legitimación pasiva el actual titular del predio dominante, el anterior titular que hizo la modificación o ambos?