Tengo que demandar a la comunidad de propietarios de un edificio colindante con el de mi cliente. Cómo acredito la legitimación pasiva de la comunidad? Es necesario aportar la escritura de división horizontal? Demando sin más a la comunidad en la persona del presidente de la misma, aun desconociendo quién es el presidente?
Tema muy interesante, ya que las comunidades carecen de personalidad jurídica, y que no está resuelto cara a ajenos a la comunidad, por la no publicidad de los datos de sus órganos de gobierno. Si su cliente no puede enterarse por los medios normales (el cotilleo), ¿cabría interponer la acción contra uno cualquiera de los propietarios, diciendo que es el presidente, y que sea ese el que diga a quien corresponde?.