Cuando una empresa tiene dos centros de trabajo, entiendo que para poder negociar un convenio colectivo, quien tiene legitimación plena por la parte social son los órganos de representación.
Pero, en el caso de que dicha empresa tenga en un centro de trabajo (100 trabajadores) un Comité de empresa de 5 miembros (3 de CC.OO y 2 de UGT) y no tenga secciones sindicales.
Y el otro centro de trabajo (40 trabajadores) con 3 delegados de personal (2 de UGT y 1 de la CGT) y esta tenga dos secciones sindicales (CC.OO y CGT).
Si los órganos de representación unitarios no se pusieran de acuerdo para negociar el convenio de empresa:
- Por vía sindical, el sindicato de UGT no tendría legitimación plena para negociar el convenio ya que no tiene sección sindical, verdad?
Por vía sindical, el único sindicato que podría negociar el convenio seria CC.OO por tener sección sindical y ser sindicato mas representativo?