Es cierto, perdonar. Yo hablaba no de los dños materiles del vehículo, sino por ejemplo de otros perjuicios como el periodo de paralización en el que el legitimado para reclmarlos será el perjudicado por esa paralización.
El propietario es el legitimado para personarse como perjudicado y reclamar por los daños producidos en el vehículo de su propiedad, como ya te he indicado más arriba.
En cuanto a tu segunda pregunta, ya te dejé respuesta en el otro hilo que abriste de esta misma sección, titulado "reclamacion de daños en sentencia absolutoria penal".
Y te añado que el auto de cuantía máxima comprende la totalidad de la reclamación, sin distinguir entre daños materiales y personales como premisa para ser dictado o no.
Estamos hablando de daños materiales del vehículo. Y el juzgado ha hecho ofrecimiento de acciones sólo al conductor al que ha citado para que testifique y lleve factura o presupuesto de daños. Sin embargo en el presente caso el conductor es solo testigo del presunto delito de alcoholemia pero no perjudicado poque no sufrio daños personales y respecto a los materiales el coche no es suyo. Cuestiones:
- debe personarse el propietario como perjudicado y ejercitar la acusación particular para reclamar los daños de su vehiculo?
-si la sentencia fuera finalmente absolutoria, se dictaria titulo ejecutivo unicamente comprensivo de los daños del vehiculo puesto que no hubo lesiones de ningun tipo?
Legitimado para reclamar los daños materiales puede ser además del propietario del vehículo el perjudicado aunque no sea propietario. Imaginad que el vehículo que es propiedad de X en realidad está afecto a una actividad empresarial. La perjudicada es la empresa, y entiendo, salvo mejor opinión, que está legitimada para reclamar, siempr ey cuando, claro, pruebe ese perjuicio.
¿esta legitimado el conductor para reclamarlos o sólo el propietario del vehículo?, ¿pude reclamarlos el tomador del seguro?
¿que ocurre si la persona que figura en el permiso de circulación como propietario ya no lo es realmente, siendolo en realidad el conductor el día del accidente, aunque este no tiene contrato de compraventa sobre el vehículo?