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Legislación sobre nombre y apellidos en el registro de nacimiento

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Legislación sobre nombre y apellidos en el registro de nacimiento
14/05/2013 14:30
Agradeceré que me conteste alguien que conozca a fondo la legislación sobre la inscripción de nacimiento al igual que sus excepciones. Soy española y vivo en EEUU. Hace unos años tuve un hijo en EEUU con un español, los dos solteros. Este padre reconoció al hijo en el certificado de nacimiento de EEUU pero poco después decidió desentenderse de su paternidad, volvió a España y nunca se supo más de él. En vista de esta situación, yo fui a juicio en EEUU para cambiarle al niño el nombre y los apellidos legalmente, lo cual fue aprobado por dictado judicial. El niño ahora lleva mis apellidos. También fui a juicio para obtener la tutela total de mi hijo, lo cual también fue aprobado. Recientemente he intentado inscribir el nacimiento de mi hijo en el registro central de España por medio del consulado de mi localidad y me he encontrado con que no se acepta el certificado de nacimiento con enmienda realizado legalmente en EEUU. Según la legislación española, el niño debe llevar los apellidos del padre y de la madre, según fue en un principio antes de que se realizara la enmienda. Mi pregunta es ¿es este un asunto que se podría resolver en los tribunales españoles? ¿No se da a veces el caso en España de que una mujer soltera le ponga solo sus apellidos al hijo? En mi caso, está claro que el padre ya pensaba desentenderse cuando le pusieron delante los papeles de nacimiento en el hospital y se vio obligado a firmar, ya que acto seguido se largó. ¿Se venera tanto la genética en España que se obliga a los hijos a llevar por vida el apellido de un extraño y recordarles cada día que ese extraño es el padre que los abandonó? Me gustaría saber qué clase de procedimiento legal necesitaría iniciar para pedir que España acepte los apellidos legales de mi hijo en EEUU para su incripción de namiento en España, ya que nunca se le ha inscrito, y si habría que ir por la vía del exequatur or por otra vía. Me interesaría saber si hay precedentes a este respecto. Muy agradecida.