Ni ua cosa ni la otra. Es una de esas noticias pésimamente contados y peor entendidas.
LOo que se ha declarado como no ajustado a derecho es la imposibilidad de paralizar la ejecución en caso de que se discuta la nulidad de alguna de las cláusulas de la hipoteca. Bien sea en la ejecución, bien en otro pjuicio separado.
En fín, que ni nulidad de legislación hipotecaria ni nada de nada. Simplemente que ahora podrá existir una forma de dilatar (que no impedir) la subasta, nada más. Pero sólo afectará a procedimientos que estén en marcha o que se inicien ahora.