Gracias Condedecartagena, osea lo que entendido es que se me tiene que denegar la solicitud de asilo para que pueda solicitar por razones humanitarias, ¿o puedo solicitar por razones humanitarias sin haber solicitado asilo.?
Me traje a mi hija que esta aquí ya escolarizada, es menor ¿eso no puede influir en algo? para pedir algo para quedarme a residir aquí?
1.- Para poder solicitar autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social es necesario probar que se ha permanecido en España de forma continuada durante, al menos, TRES AÑOS. No basta el mero hecho de estar empadronado si de otros documentos aportados al expediente o de la propia documentación que pueba obrar en poder de la Administración, resulta que la persona no ha estado realmente en España de forma continuada durante, al menos, TRES AÑOS.
2.- Puede presentar la solicitud de asilo político, junto con todos los documentos que tenga en su poder y que sirvan de fundamento a su solicitud. Pero si realmente usted no cumple con los requisitos exigidos por la normativa reguladora del asilo, su solicitud será denegada. El asilo, así como el reconocimiento de la condición de refugiado, son instituciones propias del Derecho Internacional que buscan, ante todo, proteger a personas que son víctimas de persecuciones políticas en sus países de origen o de residencia o que huyen de conflictos bélicos o desastres naturales, entre otras razones. Si no puede probarse que se es víctima de persecución política de forma concreta, específica y que su vida, integridad personal o libertad correrían peligro si regresara al país de origen o residencia habitual, no prosperará la solicitud.
Pero para las personas de nacionalidad venezolana a quienes se deniegue la concesión del asilo o reconocimiento de la condición de refugiado, por no reunir los requisitos, actualmente pueden, tras la denegación, solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de razones humanitarias. Pero presupuesto necesario para ello es que exista una previa denegación de la solicitud de asilo político o reconocimiento de la condición de refugiado.
El procedimiento no es rápido, tarda algunos meses.
Buenos días Legil, quería preguntarle por la razón de asilo se me caduca los 90 días hoy, puedo solicitar asilo? para solicitar asilo que necesitaría?
Muchas gracias por su tiempo, le estoy muy agradecida.
Debe estar en España 3 años de forma continuada para pedir arraigo (tiene más información en http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja036/index.html), aparte de que también puede seguir la vía del asilo por la situación de su país.
Hola, mi caso es yo estuve en españa durante casi tres años de manera ilegal y empadronada, me fui a venezuela, regrese a españa y estoy a punto de caducar los 90 días, tengo familia pero politica aca en españa y me traido a mi hija que se encuentra escolarizada, que tipo de autorización o arraigo podría pedir para poder quedarme en españa, o por asilo por como se encuentra mi país.