Ante todo hola a todos, soy nueva en el foro, pero llevo tiempo leyéndolos. Mi pregunta es la siguiente.
He comprado recientemente 4 apartamentos en un complejo residencial de Puerto de la Cruz en Tenerife, los he reformado, pues mi intención era dedicarlos a alquiler a turistas por semanas. Después de la tremenda inversión que he hecho y del trabajo realizado, ne han comentado que es ilegal destinar a alquiler turístico apartamentos destinados en principio para residir. Mucha gente lo hace, pero eso a mi no me deja tranquila, querría saber que puedo hacer para legalizarlo, me hablan de apartamentos turísticos y de viviendas vacacionales, pero cada persona me da una versión diferente y en Internet no encuentro la solución.
¿Me pueden ayudar?
Gracias
Salvo que la comunidad lo prohíba, y creo que eso tampoco es legal, puedes hacer con tu propiedad lo que te dé la gana (alquilar, donar, vender, dar en usufructo, etc....), siempre y cuando no sea contrario a la ley o a la moral....
No hagas cso de quien te diga que puedes hacer lo que quieras, pues todos podemos hacer lo que queramos mientras no coartemos derechos ajenos. Ahora mismo debes de acogerte a la ley canaria de turismo (la ultima), pues la ley de arrendamientos urbanos, la famosa "lau", por la cual se regía el arrendamiento de estos apartamentos ya no comprende esto. Mi consejo es que te pongas en contacto con la consejeria de turismo de tenerife, alli te dirán todos los pormenores y te aconsejaran como hacer las cosas y no te costará nada.
Mientras no sea "explotación turística", puede alquilarlos con contrato de "ARRENDAMIENTO POR TEMPORADA".
El mayor problema, es que el edificio ya tenga constituida la "Explotación Turística" con el resto de los apartamentos.
¿Has leído bien, lo que aparece en la anotación del Registro de la Propiedad?.
Solicita el histórico del registro.