Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Legalización de documento consular par utilización fuera de la ue

5 Comentarios
 
Legalización de documento consular par utilización fuera de la ue
01/10/2012 21:14
Hola
Vivo en Francia estoy dado de alta como extranjero espanol residiendo en francia quiero casarme en r dominicana para ello me haca falta un certificado de soltería
Me lo dieron el el consulado pero al ser in documento consular no se puede apostillar por tanto no puedo utilizarlo fuera de la unión hay alguna solución para apostillare el papel o hacer algo para solucionar este problema hacer otro documento? Por que estoy dado de alta en el consulado espa espanol en Francia que paso tengo que dar para solucionarlo ?
Gracias
01/10/2012 22:07
Hola.

Tendrá que solicitar su Fe de vida y estado en el Registro Civil de su último domicilio o del lugar de su nacimiento en España , que ese sí se lo podrán apostillar en la Secretaría de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma. El Convenio de La Haya no se aplica a documentos expedidos por Consulados.

Los Consulados, en general, expiden documentos para ser usados ante las autoridades del país ante el que estén acreditados, en cuyos Ministerios de Asuntos Exteriores, tienen registradas las firmas de los miembros de la Misión Diplomática y de todas las oficinas consulares.

Un cordial saludo.
01/10/2012 23:23
Entonces si es toy nacionalizado tendré que ir a el registro central a hacer el documento ahora estoy empadronado en francia donde tendría que ir a mi anterior vivienda (al ayuntamiento ) o ir directamente al registro civil como puedo hacerlo ??! Se puede hacer una copia de este documento consular después legalizarlo en un Notario?
02/10/2012 00:07
Hola.

Por lo que usted dice, entonces, usted era extranjero y se nacionalizó español.

En ese caso, si usted se va a casar en el país del cual también es nacional, no necesitará la Fe de vida y estado española, porque no podrá hacer valer la nacionalidad española ante las autoridades de ese país, del cual usted también es nacional.

En esos casos, usted se casa como nacional de ese Estado y luego, debe solicitar la inscripción del matrimonio en el Registro Civil del Consulado de España.

Un cordial saludo.

02/10/2012 00:29
No me caso en un país diferente al que soy nacional ...la pregunta es si en el registro central puedo obtener el certificado de fe de vida y estado espanol ? Como puedo sicitRlo
02/10/2012 11:47
Hola.

De acuerdo con el art. 364.1ª, del Reglamento de la Ley de Registro Civil, es competente el Encargado y, por delegación, el Juez de Paz, del domicilio del sujeto a que se refiere.

Si su domicilio es en el extranjero, desde luego, es correcto que sea competente para expedírsela el Encargado del Registro Civil del Consulado de España, acreditado en la demarcación consular del país en el que vive. El problema radica en que por la naturaleza del documento, no puede ser legalizado con la Apostilla de La Haya, al no serle de aplicación.

POSIBLES SOLUCIONES:

A) Comparecer al Registro Civil de su último domicilio en España y solicitar que le sea expedida Fe de vida y estado (normalmente, al menos, aquí en Cataluña, basta con presentar el DNI español y declarar que se está domiciliado en el municipio; en Barcelona capital se expide en el momento, de forma gratuita). Una vez expedida, solicitar que sea colocada la Apostilla de La Haya, en la Secretaría de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma. Esto parece ser lo más rápido y práctico.

B) Solicitar que la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España (C/ Juan de Mena 4, Madrid), legalice la firma del cónsul de España y luego, solicitar en el Ministerio de Justicia (Plaza de Jacinto Benavente 3), que le sea colocada la Apostilla de La Haya, considerando el documento como expedido por un órgano central de la Administración General del Estado (en cuyo caso, la competencia para colocar la Apostilla, radica en el Ministerio de Justicia). Esto, sin embargo, es algo que se me ha ocurrido en este momento y no puedo garantizarle que se lo aceptarán. Sin embargo, se lo planteo como posible solución.

C) Someter el documento consular al procedimiento ordinario de legalización: Ministerio de Asuntos Exteriores de España y luego, Consulado acreditado en España del país donde se va a hacer valer el documento.

Un cordial saludo.