Hola,
solicité permiso de obra al ayuntamiento para hacer una pequeña construcción, y después de aportar todo lo que me pidieron me dieron la licencia, así que construí tal como decía el proyecto.
Ahora me vienen los de la Confederación Hidrográfica diciendo que tenía que haberles pedido permiso. Yo no sabía que había que pedir ese permiso.
¿No basta con la Licencia municipal, que me dice que puedo construir?
¿Qué puede pasar ahora?
Pues seguramente se le abrirá un expediente sancionador y tendrá usted dcho a defenderse y hacer las alegaciones y propuestas de prueba q estime le puedan favorecer. Luego, podrá recurrir la decisión q se adopte, bien ante el órgano superior al q dicte la resolución (recurso de alzada), bien, directamente ante el Juzgado de lo Contencioso q corresponda.
Como no soy especialista en dcho administrativo, todo lo anterior es salvo mejor opinión. Saludos¡
Lo que Vd deberia de hacer es pedir a los de la Confederación Hidrografica en base a que norma se les ha de pedir permiso.
El otorgamiento o denegación de licencias es una actividad reglada ( si se cumplen los requisitos se tiene que otorgar) de la Administración cuya competencia recae en los alcaldes y, por eso, estaria bien ver en base a que interviene la confederación en el procedimiento de otorgamiento.
Lo normal es que uno de los condicionantes o requisitos de la licencia haya sido la obtención de dicha autorización de la confederación hidrográfica. Examine el documento de otorgamiento de la licencia.
Tengo el proyecto y todo lo necesario para hacerme un chalet pareado, el único problema es que el vecino con el q me voy a hacer el pareado no va a construir en este momento porque pretende vender la parcela en un futuro, pero en nuestras escrituras pone que la vivienda que en estas parcelas se construya serán de forma pareada la una con la otra. Él está de acuerdo con el chalet que kiero hacer y sabe q en un futuro lo que él construya debe ser parecido ( estéticamente) a lo que yo haga. Así que he hecho el proyecto de mi chalet( cumpliendo rigurosamente todas las normas habidas y por haber), la sorpresa viene cuando pido licencia al ayuntamiento y me la deniegan alegando que estoy vulnerando los derechos de un posible comprador, ya que lo estoy obligando a hacerse un pareado con el mío. Me dicen que la única forma es registrando públicamente esa carga urbanística, el problema es que en el registro de la propiedad me dicen que esa carga no es registrable, así que en el ayuntamiento me dan como única solución construir los 2 chalets a la vez, pero¿ qué puedo hacer? no puedo esperar a que caiga la dicha y se venda la otra parcela, por favor a ver si alguien me ayuda
HULIMASO, le recomiendo que escriba su problema en el foro de urbanismo, que me parece más apropiado.
PREGUNTADOR, mi opinión es que le deben estar solicitando Estudio Hidrológico con T=500 años en que un técnico competente certifique que su vivienda no es inundable, con base en la Ley de Aguas y el Reglamento del Dominio Público Hidraúlico. Esto puede hacerlo la Confederación perfectamente porque a las márgenes de los ríos (hablando en general) hay dos zonas: una de cinco metros de ancho que es servidumbre y otra de cien metros que es de Policía de Aguas y para cuyo uso y/o edificación es preceptivo solicitar la autorización de la Confederación.
Mi opinión personal es que desde el propio Reglamente de Disciplina Urbanística, reglamentación supletoria para la mayoría de Comunidades Autónomas a día de hoy, el Ayuntamiento debía haber comprobado que se cumplían todos los requerimientos antes de otorgar (y cobrar) la Licencia. El problema es ganar un Contencioso de ese tipo contra la putrefacta administración local española y además las costas va a tener que asumirlas, por lo que yo miraría a ver si hay forma de hacer lo que Confederación exige sin ponerme a malas con el Ayuntamiento.
Para preguntador:
El Ayuntamiento al conceder licencia en base al proyecto que usted presentó, tiene que comprobar si hay otros organismos públicos implicados como la Confederación Hidrográfica, Obras Públicas, Costas, et.
Es obligación del Ayuntamiento, recabar esos informes antes de conceder la licencia solicitada.
Por tanto, debe presentar escrito en el Ayuntamiento, acompañado del recibido de la Confederación Hidrográfica, reclamandoles el perjuicio que le han causado.
Sólo un matiz, en este caso yo creo que la obligación de recabar el informe es de Preguntador y el Ayto. la única obligación que tiene es la de "no dar la Licencia hasta que se le lleve el informe".
Creo que es muy difícil ganar una reclamación de ese tipo (aunque sé que Preguntador tiene mucha razón), pero estaría encantado de que se aportara más información al hilo en ese sentido.
Existen las dos posibilidades, que lo solicite el Ayuntamiento o que se le exija al solicitante de la licencia la aportación de dichos certificados, ANTES DE CONCEDER LA LICENCIA.
En cualquier caso, no es el solicitante de la licencia el que tiene que saber que su terreno está en zona de influencia de la Confederación Hidrográfica y que precisa solicitar el informe. Es el Ayuntamiento, que es el que está en posesión de la cartografía y la documentación del PGOU, el que debe de saberlo.
El solicitante, solo presenta un proyecto que incluye un Plano de Situación. Los Servicios Técnicos Municipales, a la vista de dicho plano, deben detectar esa obligación.
NUNCA debe el Ayuntamiento conceder esa licencia y si lo ha hecho, ha incurrido en responsabilidad.
De esto ya hace un tiempo, al final hice todo lo que me dijeron en la Confederación Hidrográfica y me dieron ellos también su permiso, así que la cosa no llegó a más.
Pero parece que en el ayuntamiento metieron la pata al no avisarme.