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Legalidad de contrato de arrendamiento

1 Comentarios
 
20/11/2012 20:22
el plazo es libre, no obstante al ser inferior a cinco años, es el arrendatario quien puede prorrogarlo hasta los cinco años, sin que el arrendador pueda oponerse salvo que necesite para si la vivienda.
Si tiene cualquier duda, consulta o precisa de un escrito puede contar con nosotros.
www.asesorlegalgratis.com
Legalidad de contrato de arrendamiento
20/11/2012 16:34
Buenas tardes,

Tengo una duda respecto al contrato de alquiler firmado el 9 de Noviembre de 2012.

En el apartado pactos, en el punto 2º, dispone lo siguiente:

"El presente contrato de arrendamiento se pacta a partir de la fecha de la firma del presente contrato (9-11-2012) y (escribo en mayúsculas porque es donde tengo la duda de su legalidad) POR UN PLAZO DE ONCE MESES, finalizando el mismo el día 10 de Octubre del año 2013, estando excluido cualquier clase de régimen de prórroga forzosa para el arrendador. Una vez terminado dicho plazo, el contrato podrá quedar reconducido, mes a mes, conforme lo dispuesto en el artículo1566, sin que se entienda como domicilio permanente.
Vencido el plazo de arrendamiento, el arrendatario se compromete a dejar, libre, vacua y expedita la vivienda, sin necesidad de previo requerimiento de clase alguna."

He leído que con la actual ley, los contratos han de ser de un año, con prorroga táctica mes a mes, alegando motivos por parte del dueño, en caso de rescindirlo.

Este contrato sería legal? La duración mínima no ha de ser de 1 año y no 11 meses?

Muchas gracias por vuestra atención.