Tengo un testamento en el que se reconoce que determinado bien pertenece a una persona distinta del causante. No obstante aclara que en el caso de que al causante se le otorgue alguna parte en dicho bien, se le legará a aquélla con cargo a los tercios de libre disposición y mejora.
El bien, no obstante haber sido pagado por esa otra persona, aperece a nombre del causante en el registro de la propiedad. ¿Se debe deducir entonces que es de su propiedad, y que se lo lega a ese tercero?