El préstamo ico es una obligación respecto a terceros.
El leasing es un arrendamiento financiero.
Ambos son derechos inscribibles en Registro y con reconocimiento en terceros.
Por tanto puede reflejarse en el contrato y tiene validez.
Saludos,
JoséRamon González
Abogado.
Se pretende vender por un socio único una sociedad A a otra sociedad B.
La primera de ellas, la sociedad A obtuvo en su dia una subvención del ico que se destinó a un leasing con una financiera para la adquisición de un vehículo con reserva de dominio
Como se reflejaria en el contrato de compraventa que es la nueva sociedad la que se queda con la deuda del ico y el leasing?
Tendria esto alguna validez frente a terceros?
Gracias.