Hace 40 años, ( 1979 )le preste a mi hermano un piso para que viviera en estado de precario. Nunca me pagó nada, ni alquiler ni nada por el estilo. A los 15 años (1998) Llegamos a un acuerdo para que me la comprara y se firmó un contrato de compraventa, y una de las clausulas era que si en el plazo de 30 naturales no me ingresaba el importe de la compraventa se anulaba. A mi hermano no le concedieron la hipoteca y ahí se quedó la cosa.
Ahora a raíz de una discusión de una herencia de nuestros padres, le dije que se quedara el piso en cuestión por la mitad del piso de mis padres para poder quedármelo yo. Pero me dice que el piso ya es suyo, que tiene un contrato firmado por mi y que le eche si puedo y que no le puedo obligar a al pago del contrato de compraventa porque el plazo de reclamación ya ha prescrito y también me reclama la mitad de la casa de mis padres... Que puedo hacer? el piso consta en el registro 100% de mi propiedad. Puedo perder mi piso que era una inversión para que lo heredara mi hijo? Tengo una copia del contrato de compraventa en cuestión.
Usted tiene que notificar a su hermano mediante notario (y de ninguna otra forma distinta) que tiene que pagarle el precio pactad a la vista o en 24 horas, o de otra forma quedará resuelto el contrato. Tras ello, ha de enviar un burofax para notificarle que el comodato (el préstamo de la vivienda) ha terminado. Puede que su hermano se atrinchere y tenga que desahuciarlo. Acepte ahora la mitad de la vivienda de sus padres, a fin de no comprometerla en una guerra que puede ser larga. La pax fraeterna ha terminado, por lo que se le sugiere que vaya a un abogado. El contrato de compraventa sigue vigente, pero en toda su extensión, no en las partes que a su hermano le convienen.