Quisiera preguntaros si alguien tiene conocimiento del siguiente caso: Un extranjero marroquí titular de LD-UE en España tiene un contrato de una empresa francesa y quiere ir a trabajar ahí. Sin embargo, por mas que busco información sobre este caso, encuentro que siendo residente legal necesita un visado francés, por tanto, aprobación de DIRECCTE y posteriormente OFII informa al consulado quien concede el visado al interesado. Pero mi duda es, en el caso de LD-UE, se sigue el mismo procedimiento? En la directiva 109/2003/CE tmp encuentro la solución.
No se si algún internauta estuve en este caso o me podría aconsejar.
Agradecida de antemano,