Hola, ya conocéis mi caso, voy informando hay novedades ya me lo pensaba a cambiado la pica de la cocina y dice que la va poner azulejos me los enseño, también s cambiado una tubiera de agua al lado de casa (al ser una casa muy antigua sin reoformar) y bueno veo que poco va haciendo y algunas reformas no están pactadas en el contrato y las hace cambiar cosas presindibles para poder vivir. Además no os penséis que los 300€ de alquiler le va a salir barato, además tiene que pagar los suministros de luz, agua que es trimestral y a subido a 66€ diría
Y sobre todo el frío que hace en esa casa en invierno..
Ya me decís tienen que estar las reformas pactadas en el contrato cuando el se vaya y se termine el contrato obligatoriamente? Por qué si se lo lleva las reformas que ha echo o calentador etc puedo hacer algo en contra de él?
Sobre los deberes del arrendador: ¡que quede claro! El arrendador tiene la obligación de hacer todas las reparaciones necesarias para que la vivienda esté en condiciones, y no puede pedir un euro más de renta por ello. Estamos hablando de arreglar el tema de los cimientos, tuberías de agua, lo básico, ¡lo de toda la vida! Si la vivienda no está en condiciones, el dueño tiene que solucionarlo.
Ahora, con el tema de las mejoras… eso ya es otro cantar. Las mejoras son cosa opcional, y si el dueño quiere hacerlas, ¡tiene que avisar al inquilino con tres meses de antelación! Porque oye, si esas mejoras son una lata para el inquilino, pues tiene todo el derecho a dar por terminado el contrato y buscar otro sitio donde estar más a gusto.
Y que no se nos olvide: el inquilino no puede hacer reformas como Pedro por su casa, a menos que tenga el permiso por escrito del arrendador. ¡Aquí las cosas se hacen bien! Eso sí, si el inquilino es una persona mayor de 70 años o tiene alguna discapacidad, puede hacer obras para mejorar la accesibilidad. Eso sí, sin tocar nada que comprometa la estabilidad del edificio. ¡Y ojo!, al terminar el contrato, si el dueño lo pide, la vivienda vuelve a su estado original.
En tu caso particular:
Cambiar la pica de la cocina podría entrar en el apartado de “reparación necesaria” si la antigua no funcionaba bien. O sea, que es cosa del dueño y punto.
La instalación de azulejos, por ejemplo, ya es una mejora, y para eso el dueño debería haberte avisado con los tres meses que tocan.
Cambiar una tubería de agua también entra en lo necesario para la habitabilidad, y no hay que darle más vueltas.
A la hora de finalizar el contrato:
Las reparaciones necesarias se quedan en la vivienda. ¡Esto no es negociable!
Las mejoras también se quedan, salvo que se haya acordado otra cosa en el contrato.
Si el inquilino ha instalado algo sin permiso, como un calentador, no se lo puede llevar al salir.
Para acabar, mi consejo es que revises el contrato y hables con el arrendador para dejar todo claro. Es importante que le transmitas tu desacuerdo con las reformas que no estaban en los planes, recordándole que también tiene deberes.
Y un detalle importante: Esto es la legislación general, pero cada caso puede tener sus peculiaridades. Consultar con alguien que entienda de derecho inmobiliario no es mala idea para asegurar que no se te pase ningún detalle.
¡Y recuerda! Siempre es importante estar al tanto de tus derechos como inquilino, porque al final, lo justo es lo justo.
Hola a ver qué quede claro el inquilino ya puso en el contrato pactado que estás reformas (pero hay que hace que si son necesarias y no están en el contrato ) lo pone 4 reformas que hará lo pone el, el inquilino y yo estoy de acuerdo. Yo soy el dueño el propietario de la casa.