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¿Las parejas de hecho inscritas cobran viudedad?

2 Comentarios
 
¿las parejas de hecho inscritas cobran viudedad?
25/06/2014 10:11
Hola

Si estamos inscritos como pareja de hecho y uno fallece.

¿El otro cobra pensión de viudedad igual que si nos hubiéramos casado o hay diferencia?

Si es que si ¿Los trámites son igual de sencillos o en las parejas de hecho son más engorrosos?

Un saludo.
25/06/2014 10:34
El sobreviviente tiene que acreditar un período de convivencia estable durante los 5 años anteriores al fallecimiento. Tiene que estar inscrito en el registro competente de parejas de hecho los 2 años anteriores al fallecimiento. Además debe acreditar una escasez de ingresos que puedes consultar en:

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Muerteysupervivencia/RegimenGeneral/Viudedad/CausantesBeneficiar28490/index.htm
25/06/2014 11:57
Gracias

Ya veo que hay bastante diferencia entre casarse y registrarse como pareja de hecho....

Un saludo.