en la declaración del IRPF hay un apartado de "defensa jurídica de los trabajadores", donde uno se puede descontar gastos de abogado hechos con ese cometido.
Se pueden pagar las costas judiciales, al menos en parte, utilizando ese apartado?
Las costas en ocasiones se entienden como multa, y son bastante infrecuentes contra los trabajadores, por lo que creo que es mejor que enseñe todos los documentos del caso y discuta todos los detalles con un fiscalista.
Se trataría se un contencioso administrativo puesto por un funcionario contra su patrón, administración publica, reclamando unas retribuciones que se le niegan,
sería por tanto, un juicio que encaja en "defensa jurídica de los trabajadores" que encaja con una casilla de la declaración que permite desgravar hasta 300 euros, creo.