Estimado don CONDEDECARTAGENA,le agradezco por sus consejos y su asesoramiento a mis dudas en varios mensajes;presento mis gracias tambien a Todas las Personas que nos informan en este Foro.mi pregunta se compone de 2 partes:1/ como saben renovamos la permanente en la comisaria y para eso no piden la cotizacion en SS ni altas etc....es verdad que si uno tiene una deuda con la Tesoreria de Seguridad Social por meses atrasados con cargos de mora,se le puede denegar la renovacion de la larga duracion???la gente habla sin argumentos y por eso quiero que un experto me aclare eso..
2/quiero solicitar la nacionalidad española por residencia(llevo 20 años aqui).en 2005 me la denegaron por larga estancia fuera de España(9 meses).la pregunta es:visto como esta el mercado laboral afectado porla crisis,yo soy artista y expongo mi arte en la calle,soy autonomo y me doy de alta unos meses y luego baja.cuando solicito la nacionalidad,voy a darme de alta en hacienda y SS,son 251/mes que es mucho si vemos que solo trabajo los fines de semana cuando hay mas gente,ya no se gana mucho para vivir como antes de 2008.debo estar de alta desde la presentacion del expediente hasta que me la concedieran o puedo por ejemplo darme de alta los 1eros 6meses y luego baja 6 meses???es que tardan tanto en contestar que calculo que deberia cotizar casi 6000euros o mas!!!por favor aclarenme este dilema y mil gracias.
1.- La renovación de la tarjeta de residencia de larga duración no se la puede denegar. Y el motivo radica en que solo se trata de renovar la tarjeta, ya que el estatuto de residente de larga duración es PERMANENTE, por tanto, no se entra a revisar la cuestión de la residencia.
Un residente de larga duración goza de igualdad de trato y de protección reforzada contra la expulsión.
Las infracciones administrativas que cometa un residente de larga duración, serán sancionadas como corresponda, igual que a cualquiera y lo propio con las penales.
2.- NACIONALIDAD.- Lo que se debe acreditar para solicitar la nacionalidad es la residencia LEGAL, CONTINUADA e INMEDIATAMENTE ANTERIOR a la solicitud. Le resalto los requisitos de la residencia, porque deben concurrir y no pasarse por alto.
Debe acreditarse, además, buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española.
En lo atinente a lo económico: se pide MEDIOS DE VIDA, que es algo mucho más heterogéneo y abarca mayor comprensión que contrato de trabajo o trabajo por cuenta propia. Por medios de vida se entiende no solo los rendimientos del trabajo, sino también ahorros, rentas, tarjetas de crédito, propiedades inmobiliarias, etc. Pueden venir incluso del extranjero. Y además, sirve el hecho de vivir a cargo del cónyuge, pareja de hecho, progenitores o de otra persona que declare formalmente que vive a su cargo, pero esa persona sí debe mostrar sus medios de vida.
Lo importante es cumplir con los requisitos de residencia (legalidad, tiempo, continuidad ) y los conceptos jurídicos indeterminados de buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española, que por ser indeterminados, deben ser apreciados teniendo en cuenta las circunstancias personales del sujeto, ya que su apreciación solo admite una solución justa en atención al estudio íntegro del caso particular (debe acreditar estudios realizados en España, pertenencia a asociaciones, clubes, bibliotecas, centros culturales, etc.).
Hola DON CONDEDECARTAGENA, pues si se lee la respuesta que agradezco mucho.yo estuve 6 meses fuera de ESPAÑA,volvi el 5 de abril 2011,voy a esperar a que pase un año o 7 meses y solicito la nacionalidad para que no me digan otra vez has estado mucho tiempo fuera.que tiempo se entiende q es bueno en lo de inmediatamente anterior a la solicitud??yo soy deportista estoy en un club de artes marciales,estuve en una ong de inmigrantes como secretario general desde 1995 hasta 2006 en que dimite.tengo buena conducta civica,mada de penales ni nada.soy miembro de la asociacion de vecinos de mi barrio.y pienso afiliarme a un partido politico..esto basta ??para larga duracion si por ejemplo entra el PP y cambia la ley y nos vendra obligando a cotizar por ley y fuerza para poder renovarla y uno no puede cotizar dicho tiempo,que pasaria entonces??un cordial saludo y gracias
una preguta, te fuiste a tu pais y por eso te denegaron la nacionalidad o era un pais de la union europea?? es que hace un año que la solicite y en tres meses me voy a vivir con mi pareja española alemania y nose si se pierde el tramite de nacionalidad o no?? creo que no tienen como controlar eso aqui en la union o no lose?? gracias
Hola. Es recomendable no permanecer más de 6 meses por año fuera de España.
Usted ya tiene residencia de larga duración. No debe estar más de 12 meses fuera, porque se extingue, aunque la puede recuperar.
INMEDIATAMENTE ANTERIOR A LA SOLICITUD.- Significa que TODOS los requisitos exigidos deben haberse YA cumplido, ÍNTEGRAMENTE, sin que falte uno solo. No puede ser que, por ejemplo, le falte un mes para completar los años que se le exige según su nacionalidad o circunstancia particular.
La residencia en España, además debe ser EFECTIVA. Por eso mismo, uno de los motivos por los cuales se produce la cita con la Policía, es para comprobar, en persona, que el sujeto continúa residiendo en España.
Lo que usted menciona, le sirve para acreditar buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española. Aporte certificados de todo.
Usted es residente de larga duración. Su estatus es de residente permanente en España, de forma indefinida, las posteriores reformas a la Ley y al Reglamento de Extranjería le afectarán poco. La mayor parte de la regulación de la normativa de Extranjería va dirigida hacia los derechos fundamentales de los extranjeros, la entrada, salida, permanencia, residencia, realización de actividades lucrativas, documentación, infracciones, sanciones, procedimiento sancionador. Y en lo atinente a la residencia, la mayor dedicación, tanto del legislador en la Ley, como del Gobierno en el Reglamento, se hace a la residencia temporal, es la que más sujeta a cambios y variación de condiciones está. La residencia de larga duración solo se extingue por las causales establecidas por la Ley.
Incluso, la residencia de larga duración, tiene un ventaja que no tiene la residencia temporal: la posibilidad de renovar la tarjeta, aun cuando hayan pasado más de tres meses posteriores a la caducidad, sin perjuicio de que se le imponga una multa por la demora. Pero no sucede, como en la temporal, que el sujeto se vería en situación de irregularidad.
muchas gracias condedecartagena,me has aclarado mucho el tema pero me queda lo de estar de alta durante la tramitacion de la nacionalidad.debo estar de alta hasta que m den el si??tardan casi 3 años y es mucho!
Hola. Lo del alta en la Seguridad Social es relativo. Lo que importa es que al momento de presentar la solicitud de nacionalidad española por residencia y cuando vaya a la entrevista con la Policía, acredite disponibilidad de medios de vida. Y como ha quedado indicado antes, medios de vida abarca mucho, no solo estar trabajando o estar afiliado a la Seguridad Social. Hay personas que no están en situación de alta en la Seguridad Social y tampoco trabajan, sino que dependen de otra persona (por ejemplo, los cónyuges o parejas de hecho, que dependen económicamente el uno del otro; hijos jóvenes en edad de formación respecto de sus padres; padres mayores respecto de sus hijos) y han obtenido la nacionalidad.
vale le voy a ser sincero,yo vendo en la calle y mis ahorros son minimos,tengo 5000euros en el banco ya que no gano mucho.pago mi estudio comer etc....ayudo a mi madre en mi pais que es ciega y precisa de medicina diariamente.es injusto que me deniegan una solicitud por el hecho de no ser rico o tener bienes???una conducta civica,ejemplar durante 18años alta ya q soy vendedor ambulante(autonomo)para que vean de que vivo.cuenta propia como los de cuenta ajena presentan contrato de trabajo nominas.es suficiente??o que hago entonces??y si en mi pasaporte ven que he estado 6meses fuera de España,me pondran trabas de nuevo??o mejor cambiar el pasaporte ya que ahora mi pais nos da uno nuevo biometrico??mil gracias
Hola. No se la denegarán por el tema económico. Lo que interesa es que usted acredite que dispone de medios de vida y mucho mejor si acredita cual es la forma en la cual usted procura su sustento (es algo muy relativo también, ya que la situación de cada persona es diferente, cada quien tiene circunstancias propias, que la Administración debe estudiar íntegramente). El indicador de referencia, para valorar los ingresos mínimos de una persona, suele ser el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que para 2011 está fijado en 532,51 euros (IPREM mensual); 6390,13 euros (IPREM anual, 12 pagas) y 7454,14 euros (IPREM anual, 14 pagas). Son solo indicadores de referencia, respecto de los mínimos que se estima es lo que necesitaría una persona adulta y sin cargas familiares para hacer frente a su sustento. Si hay cargas familiares, se incrementa el porcentaje.
Usted no tendría que alejarse de España más de 6 meses por año.
Las únicas causas por las que se puede denegar la nacionalidad española por residencia son:
A) No cumplir íntegramente con todos los requisitos exigidos.
B) Por motivos razonados de orden público y seguridad del Estado.
La concesión de nacionalidad española por residencia es un procedimiento reglado. Hay jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia que indica que constituye para la Administración un DEBER concederla cuando CONCURREN todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley.