Estoy inmersa en un tedioso proceso de desahucio para que la problemática de mi inquilina se vaya de mi casa...
El juez ya ha dictaminado fecha de lanzamiento (es a mediados de noviembre). Ella ha pedido abogado y procurador de oficio pero aún no se lo han concedido.
Mi pregunta es... si llegara la fecha de lanzamiento y aún no tiene los dos profesionales, ¿se sigue adelante con el lanzamiento y tendrá que abandonar la vivienda?
PD1: Por otra parte, acabo de enterarme que la perla de mi inquilina está embarazada, viviendo con el padre en mi casa. ¿Podría su abogad@, cuando lo tenga, aprovechar esta situación para ganar aún más tiempo y aplazar el lanzamiento de mi vivienda?
En principio, el retraso en designar representantes de oficio no debería afectarle, si bien podría darse el caso de que Juzgado, por indefensión, acuerde un retraso.
Y si, si está embarazada y pide al amparo del artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento civil que dice que cuando el inmueble cuya posesión se deba entregar fuera vivienda habitual del ejecutado o de quienes de él dependan, el Secretario judicial les dará un plazo de un mes para desalojarlo. De existir motivo fundado, podrá prorrogarse dicho plazo un mes más: salud, niños, emergencia social...
Muchísimas gracias. Al final, se ha retrasado la fecha de lanzamiento sin aplicar una nueva hasta que tenga abogado y procurador de oficio. Mi procurador ha tenido que presentar dos escritos para que le den un toque a la comisión de justicia gratuita para que nombren ya profesionales.
La verdad que me parece una auténtica vergüenza esta situación. Después de esperar no sé cuántos meses, seguimos en las mismas que al principio.
Pueden hacer esencialmente dos cosas:
1.- "pelearse" con el abogado de oficio para que le nombre otro y dilatar aún mas el asunto con el nuevo nombramiento
2.- y después de que se haya celebrado ya el juicio y con la sentencia condenatoria intentar pedir prórrogas en el lanzamiento ex art. 704 LEC tal y como le indica Hoplon.
Si la inquilina es solvente (o viniera a mejor fortuna en el futuro) estos meses también los deberá pagar, si ha acumulado usted la reclamación de rentas vencidas o si la pide en otro juicio.
Yo cobré el mes pasado, cuando el ejecutado heredó un piso de su padre recién fallecido, una deuda de hace diez años, así que tenga paciencia.