Hola. Una vez terminado el paro contributivo, si sigues de baja, no se cotiza.
Hay dos cuestiones distintas:
1) Para el cálculo de una posible futura pensión ( sea incapacidad o sea jubilación) , se toman las bases mínimas de cotización del período posterior a la finalización del paro contributivo. Las llamadas lagunas de cotización.
2) Ese período posterior no cotiza. Por tanto no se añaden como cotizaciones ese período para el cálculo de los años cotizados.
Saludos
cuando termines el desempleo si tienes mas de 52 años,pedes acogerte a la ayuda de mayores de 52 años si cumples los requisitos y ademas esta ayuda cotiza para la jubilacion,no se a que tipo de prejubilacion tienes pensado acogerte pero las penalizaciones son altas y el subsidio son 480€ hasta la jubilacion
Buenas tardes
Agradezco la información que puedan aportarme sobre lo que a continuación detallo:
Estoy de baja médica y percibo la prestación por desempleo hasta el próximo mes de noviembre y solicitaria al INSS el pago directo de la prestación por IT y el SEPE dejaría de ingresar las cotizaciones correspondientes.
La duda que tengo es que los días que transcurran desde el agotamiento de la prestación hasta la fecha de alta médica serian considerados como lagunas de cotizaciones a efectos de cómputo de años cotizados necesarios para solicitar una jubilación anticipada involuntaria.
Gracias
Un saludo