En una familia en Catalunya, los padres fallecieron hace más de 20 años y menos de 30 años, y éstos hicieron testamento a favor de sus hijas.
En la herencia hay una casa, y en la casa vive una hija hace más de 20 años y menos de 30 años (Las otras hijas viven en sus casas de propiedad/No son de la herencia).
La pregunta es la siguiente:
¿ La hija que vive sola en la casa de la herencia, hace más de 20 años y menos de 30 años, se puede quedar dicha casa por mediación de la usucapión a favor de la herencia yacente en Catalunya ? (La herencia aún no está aceptada).