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¿La pensión por invalidez permanente es privativa?

3 Comentarios
 
¿la pensión por invalidez permanente es privativa?
11/11/2016 13:59
Hola, quería saber si la pensión por invalidez permanente de grado total para la profesión habitual es privativa o se considera ganancial, teniendo encuenta que sigo trabajando y mi sueldo se ingresa para la unidad familiar.
Tengo el sueldo de mi empresa y la pensión por invalidez.
Gracias y un saludo.
11/11/2016 14:26
Antonio_1964
Pero como va ser usted apto para trabajar y cobrar un sueldo y a la vez invalido total para trabajar y cobrar pensión del estado!!! es un contradicción total!!!

Por otro lado mientras este casado en gananciales, cualquier ingreso es ganancial, excepto lo que recibiera por herencia.
11/11/2016 17:49
Antonio_1964
Hola. No sé si te has planteado cambiar de gananciales al régimen de separación de bienes. Son 50€ en la notaría. Ya, a tu cónyuge le puede parecer fatal, rabieta que no entiendo.

AP. Asturias. "Las pensiones de incapacidad permanente, como puede ser una incapacidad absoluta, si la pareja esta casada en régimen de separacion de gananciales, a la hora de la liquidación de esta, respecto a esa pensión por incapacidad permanente absoluta suelen considerarse privativas del cónyuge que la recibe, pero existen dos excepciones en que se consideran gananciales, siempre que esté constante la sociedad:

- cuando tales indemnizaciones sean abonadas en forma de renta periódica como consecuencia de cotizaciones a la Seguridad Social o montepíos obligatorios, por lo que se consideran como sustitutos del salario, y por ello forman parte del haber ganancial, en cuanto son fruto del trabajo.
- los intereses que produzcan.

Si esa pensión se recibe como renta mensual consecuencia de cotizaciones a la Seguridad Social se consideraría un sustitutivo del salario y sería una cantidad ganancial, al igual que los intereses que hubiera generado.".

Tribunal Supremo en su Sentencia de 25 marzo 1988 ( RJ 19882430 ), "atribuyó carácter ganancial a las sumas devengadas por un seguro de invalidez del que era beneficiario uno de los cónyuges por ser trabajador de determinada empresa. Este ha sido también el criterio mantenido mayoritariamente en precedentes sentencias de esta Audiencia Provincial".
11/11/2016 18:42
Jalisa
No te enteras Jalisa, la incapacidad permanente "Total" se otorga con la condición de que no puede ejercer la profesión que venía desempeñando pero si puede realizar otros trabajos.
Cuando se otorga la "absoluta" es cuando no se puede volver a trabajar en nada.