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la mutua se desentiende

5 Comentarios
 
08/12/2014 00:42
gracias por vuestra respuesta. me ha servido de gran ayuda
07/12/2014 01:33
En cualquiera de los casos , si usted no está de acuerdo con las contingencias que le pongan en el motivo de la baja (supongo que estará de baja ahora) pida un cambio de contingencias .

Por lo que has escrito es más que probable la contingencia profesional , lo cual es indemnizable como lo es el accidente.
06/12/2014 21:34
Es aventurado darle una respuesta certera a eso con los pocos datos que dá y las incógnitas que hay.
Si usted sufre una rotura de tendones debido a un sobre esfuerzo en el desarrollo de sus funciones, es evidente que es un accidente laboral.

Si usted ya tenía antecedentes sobre esas patologías y acaba rompiéndose el tendón, podría considerarse enfermedad común.

Si debido a movimientos repetitivos, sobrecarga muscular...etc, requeridas por su profesión , y que acaban dañándole esa zona hasta el punto de llegar a esa rotura... se entendería como contingencias profesionales (enfermedad profesional) , lo que igualmente arrastra indemnización.
05/12/2014 18:49
gracias por responder tan pronto. en tal caso la mutua no considera esto como como recaida. ¿pero podria ser considerado como accidente de trabajo?
gracias de nuevo
05/12/2014 00:03
Dentro de los seis meses posteriores a la lesión es recaida. A partir de ahí es un nuevo proceso.
La mutua se desentiende
04/12/2014 12:44
hola. quisiera preguntar si la mutua se puede desentender en este caso. hace un año tuve una caida y fui a la mutua por un fuerte dolor en el brazo y la mutua me hizo radiografia y me diagnostico inflamacion en en manguito rotador del hombro derecho. mi trabajo es un trabajo repetitivo con sobrecarga por movimiento en el brazo. se me hizo rehabilitacion por perdida de movimiento y dolor intenso. al cabo de un mes se me da el alta con antiinflamatorios pero con dolor aun. he seguido con dolores fuertes todo el tiempo y hace un mes me hacen resonancia en el hombro por ssocial y me detectan rotura de dos tendones y calsificacion. voy a la mutua y me dice que despues de un año no se considera recaida. es esto cierto? ¿hay un tiempo de recaida despues de la lesion?
gracias por vuestra respuesta