El día 7 de junio del presente año fui de compras a un gran centro comercial.
Aparqué, por estar a tope, en un lugar destinado para personas con poca movilidad (parking privado).
Observación importante: Camino con muletas por artrosis en cadera izquierda (en espera de ser operado).
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Nos fuimos según el ticket de compras a las 20´50 horas (no estuvimos más de 45 minutos).
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La multa la ponen a las 19 horas (hora que aún no habíamos llegado).
Color del coche pone gris cuando es azul oscuro.
Fecha de la multa 7 de mayo (cumpleaños de una de mis hijas que celebramos a unos 80 kilómetros..., en Toledo (España). Motivo que avala que NO estábamos en el lugar.
"Añadiendo, que el coche es sólo mío en toda la extensión de la palabra"...,.
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He recurrido la multa y les he puesto a dar a luz.
Acompañando toda la documentación que avala que la multa es "NULA DE PLENO DERECHO".
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Aprovecho porque ancha es Castilla... para decir a la policía municipal: ¡QUÉ BEBAN SÓLO AGUA Y FUMEN BUEN TABACO CUANDO ESTÉN DE SERVICIO!.
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Por miedo, pues mi educación no me lo permite...,.
NO cito el ayuntamiento irresponsable...,. Por ser el de San Sebastián de los Reyes de Madrid (España).
De hacerlo, quedaría descubierta mí DENUNCIA.
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Se me olvidaba: Fecha de la multa 7 de mayo (miércoles-día normal-menos coches).
El día que estuvimos 7 de junio (sábado-fin de semana-muchos coches).
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PD.- La autoridad está para ayudar al ciudadano NO para maltratarlo de diferentes modos o maneras.
Pues no es de recibo: "Que solo piensen en multar por multar". Ya que, mí multa NO es un error. Es un cachondeo municipal sin pies ni cabeza. FIN.
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Lex44.
Hoy día 13 he recibido una carta certificada con acuse de recibo del ayuntamiento.
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He tenido que pagar 18 euros para retirarla.
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La notificación dice que si en el plazo de 15 días no ingreso 1.950 euros por la multa me embargaran la cuenta corriente.
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No entiendo nada de nada...,. Porque hice un recurso y, me contestan, por peteneras.
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¿Qué puedo hacer?. Gracias.
Lex44.
Buenos dias, Lex44. Lo siento, pero no entiendo lo que planteas. No explicas el motivo de la multa No entiendo por que te refieres a que el coche es solo tuyo en toda la extension de la palabra ¿acaso te acusan de conducir un coche robado? ¿O puede ser por estacionar en zona reservada a minusvalidos? ¿o por algun otro motivo?
Es la primera vez que oigo que para retirar una carta certificada hay que pagar 18 euros... y una sancion de 1950 euros no me encaja, asi de pronto, en ninguna infraccion de trafico, ni siquiera con el 20% de recargo en via de apremio.
No se, tal vez si explicas algo mejor los motivos podamos ayudarte.
No acabo de entender su repulsa hacia el Ayto. De multar y multar, " cuándo usted ha estacionado sin autorización en un estacionamiento para personas de movilidad reducida". Pero eso es otro tema, que no debo tratar aquí.
Yo lo trataría por ser una sanción nula de pleno derecho, porque esta sancionando un órgano incompetente por razón de la materia o del territorio, y en este caso concretó, por razón del territorio, art. 62.b ley 30/92. Art. 7 LSV dispone que el Alcalde es competente para la sanción de las infracciones que se cometan en las vías urbanas de su titularidad, y si es un parking privado no es una vía urbana titularidad del ayto, sino de un ente privado, por lo tanto el Ayto no es competente para sancionar.
Con habitualidad, se confunde lo dispuesto en el art. 2 LSV en el que obliga a respetar las normas de circulación también en vías privadas utilizadas por una colectividad indeterminada de usuarios. Yo no discuto que en este tipo de vías privadas utilizadas por una colectividad indeterminada de usuarios ( parking grandes centros comerciales) haya que respetar las normas de circulación pero cosa distinta que los Aytos sancionen por infracciones en este tipo de vías, pues no tienen competencia a tenor de lo dispuesto en la LSV.
Hola sarapiki,
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En primer lugar, perdón por mi tardanza he estado fuera unos días.
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Cuando digo "en toda la extensión de la palabra... me refiero a que el coche es sólo mío y, no lo conduce, nadie más".
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Hablé con el responsable de tráfico del ayuntamiento (después de llamar unas 100 veces...). Sobre los 18 euros del certificado y la multa de 1950 euros.
Me contestó: "Que fue un error informático y que haga otro Recurso". Para que los técnicos lo estudien. ¿Estudien el qué?.
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Gracias por tu comentario.
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Lex44.
Hola topi.
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Si a todo lo que bien dices le añades: "Es un cachondeo municipal sin pies ni cabeza".
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Que cito al final de mi escrito/denuncia... Porque más que una multa es un chiste de humor negro y sin gracia.
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Gracias y un saludo.
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Lex44.
Está mañana... He recibido una llamada que ha atendido mi hijo.
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Me citan en el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes: "día 15 de septiembre a las 11´30 AM. Sobre la famosa multa".
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Me pregunto y pregunto, ¿para qué?. Si estoy empadronado en el ayuntamiento de Madrid (España).
Hola Lexx 44, aparte de estar totalmente de acuerdo con lo expueto por topi, tengo que decirte que si yo hiciera un recurso contra esa multa, lo enfocaría además de lo que dice topi por defecto de forma, ya que ni la hora ni el día ni el color del coche coincide con la de la infracción, siempre que puedas demostrarlo, claro, el que ese día estuviste en otro lado, la hora del aparcamiento, etc.
Hola tomcolnat.
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El tema de la famosa multa lo he denunciado porque: "No están en el paro todos los que son ni son todos los que están".
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Les envié el ticket de la factura de compra (fecha y hora). Ticket factura restaurant de Toledo (fecha y hora). Certificados médicos de mi minusvalía y la necesidad de usar muletas para caminar. Fotocopia del DNI de mi hija que certifica el día de su nacimiento.
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En resumen, de siempre he creído que los "golfos" estaban en el litoral. Pero observo que también están en los ayuntamientos de Madrid (España).
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Lex44
Buenas noches Lex 44 y demás foreros de este hilo. Le habrán citado supongo, para cumplimentar el tramite de audiencia de todo procedimiento sancionador, y ponerle a su disposición todo el expediente para que compruebe y tome datos de todo aquello que crea conveniente.
Suerte.
Hola topi,
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He estado en San Sebastián... pero NO de los Reyes. En el otro..., viendo su Festival de Cine en su País Vasco.
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El que me citasen por teléfono NO tenía NI modo NI forma..., como la multa. Por ello, no fui.
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Ya NO me importa que me cobren lo que proceda... en una multa que nace NULA como el agente que la pone.
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"Porque la noticia de la patada en el culo a un tal Gallardón (ex Ministro de Injusticia) no tiene precio". Pero SÍ valor.
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Gracias por tu opinión.
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Lex44
En carta certificada con acuse de recibo me ha llegado un escrito del ayuntamiento sobre la multa:
El citado (en tres hojas por las dos caras) resume, más o menos, El Quijote...,. "Parece que yo les he puesto la multa y se quieren justificar".
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NO aceptan mis alegaciones y la multa sigue en pie. Esta vez me dan 15 días para seguir el dialogo entre besugos y añadir más pruebas.
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La autoridad que puso la multa es casto, puro e infalible...,. Por ello, es una autoridad (hoy, hay muchos en las cárceles... por su autoridad para todo...).
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Puso en el boletín color del coche GRIS cuando es AZUL. Fecha 7 de Mayo cuando yo estuve el 7 de Junio. Los certificados médicos de mi invalidez que me obliga a llevar muletas... no sirven para nada... y más, más y más en un Estado de Derecho... donde sólo los golfos (no de costa) pueden hacer lo que les salga de los RATOS.
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Lex44.
No voy a entrar si el Ayuntamiento está legitimado para denunciar en ese aparcamiento, habría que estudiarlo en profundidad.
Lo que está claro es que aparcaste en un sitio reservado para minusválidos, y para aparcar en esas plazas tienes que tener una tarjeta distintivo que te acredite como tal y, al parecer, no la tienes.
Que tengas problemas físicos temporales no te autoriza a aparcar en una plaza de minusválidos.
Es posible que el policía se equivocase en la hora, el día, el color del coche, luchalo, te va resultar difícil, pero por el bien de la gente con movilidad reducida, no aparques en sus plazas reservadas.
Hola Joé: respeto tu comentario pero NO lo comparto.
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Estoy casi invalido de la pierna izquierda. Algo que certifican 3 médicos (uno de la Seguridad Social y dos de ADESLAS. Citando, que necesito de muletas para caminar).
La MULTA dice: Aparcar en lugar para personas con poca movilidad.
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La autoridad es VIDENTE: Me pone una multa por aparcar mal el 7 de mayo..., (cuando fue el 7 de junio).
La autoridad es daltónica: no distingue el Gris del Azul oscuro metalizado.
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El Ticket de compra con fecha y hora NO LES VALE. (7 de junio 20´58 P.M)
La foto sacada in situ por mi hija con su móvil (yo con muleta, coche, fecha y hora NO LES VALE - 7 de junio 21.12 P.M.).
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Pregunto: ¿Por qué, en su RESOLUCIÓN me dan 15 días más para presentar nuevas pruebas?.
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"Tengo solicitada en la Comunidad de Madrid mi grado de invalidez con toda la documentación que la avala".
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Sin comentarios para un Juez.
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Lex44.
Hola de nuevo, LEX44.
Yo creo que algunos de tus conceptos estan equivocados. Por ejemplo, el hecho de que tengas una minusvalia, aun cuando ya estuviera reconocida (que no parece ser el caso por lo que expones), no te autoriza sin mas a estacionar en zonas reservadas a minusvalidos, ya que previamente tendrias que solicitar en el ayuntamiento la tarjeta. Lo mismo ocurre con las exenciones del cinturon de seguridad, uno puede tener derecho a ello, pero si no solicita el certificado de exencion con anterioridad a que le pongan una multa, la multa sigue adelante.
En segundo lugar, y respecto al color del coche, no se suele tener en cuenta como prueba, ya que un coche se puede pintar. Antiguamente, en el Registro de Vehiculos, se hacia constar el color original del vehiculo, actualmente no, precisamente por eso, porque yo puedo comprar un coche blanco, y al cabo de 6 meses pintarlo de rojo.
Por ultimo, si lo que quieres es librarte de la multa (porque de tus posts yo deduzco que efectivamente estabas mal estacionado, pero que el agente se equivoco en la fecha), centrate en el tema de la fecha. Los boletines de denuncia son correlativos. Si tu multa corresponde al 7 de junio, tiene que haber otras del 15 de mayo, del 20 de mayo, del 1 de junio... con numeracion posterior. Ahi puedes esgrimir que como es posible que un boletin de denuncia con nº posterior al 1 de junio (por ejemplo) se abriera el 7 de mayo. Pide relacion de numeracion de todas las multas correspondientes al dia 7 de mayo, para demostrar que su numeracion es muy anterior a la de tu expediente...
Ahora bien, puede que te lo denieguen y tengas que irte a un Contencioso (donde de ser como tu dices, estoy segura de que ganarias). Pero hasta ahi tendrias que llegar para que te dieran la razon, ya que, en periodo de instruccion, el instructor tiene libertad para valorar qué pruebas y cuales no, considera pertinentes
Coincido con sarapiki.
Entre otros datos inconcretos desde el punto de vista legal, dice usted ser minusválido mas nadie lo duda, pero no dice si tiene autorización (tarjeta) para estacionamiento de minusválidos. (Si usted solicita que cambien el sentido de la calle, hasta que no se lo concedan, no podrá circular con su vehículo en el sentido solicitado).
Por otro lado, es de significar que siendo éste un foro para consultas legales, parece que hace usted uso del mismo para manifestar su indignación. Déjeme decirle que así no se ayuda y no deja que al menos desde aquí, le ayudemos. Las expresiones que aquí usted vierte sobre lo que usted llama autoridad, llevan a suponer la negativa dialéctica utilizada en sus escritos de alegaciones.
Por mi parte, preferiría que foreros con similar predisposición a plantear las consultas legales, se abstuvieran de hacerlo de éste modo.
Hola sarapiki y Alpashino:
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Os quisiera añadir: La multa pone mal la fecha, mal el color y aparcar en lugar para personas con poca movilidad en parking privado comercia.
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3 certificados médicos avalan mi poca movilidad y la necesidad de muletas para caminar.
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La multa NO cita que el invalido sea el coche: Qué pasaría en un coche aparcado con la tarjeta de minusválido si el conductor fuese por ejemplo, Usain St. Leo Bolt atleta jamaicano especialista en pruebas de velocidad. Ostenta ocho títulos mundiales y seis olímpicos, y posee además los récords mundiales de los 100 y 200 m lisos, y la carrera de relevos 4×100 con el equipo jamaicano. Al que he dejado mi coche para que vaya de compras.
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Una cosa es la ley... y otra, su aplicación y el sentido común. Que no está al alcance de los funcionarios del ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes. Por cometer errores y, NO, reconocerlos.
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Lex44.