Buenos días,
He estado navegando y buscando, pero no he encontrado nada que se asemeje a nuestro caso.
Hemos rehabilitado todas las fachadas y con ello hemos quitado todos los aires que estaban colgados en la fachada interior del edificio (da acceso a todos los patios interiores de todos los edificios de la manzana, imposible de verse desde la calle).
Estamos haciendo una instalación en el tejado para todos, pero una vez empezada la empresa nos dijo que solo lo va a poner desde el sobreático hasta el 6º piso puesto que más abajo la maquinaria no tiene suficiente fuerza. (Esta obra acabará en una semana y evidentemente la pagamos todos).
Los vecinos del ático dicen que van a denunciar a cualquier vecino, desde el 5º hasta el entresuelo, que ponga un compresor en la fachada (interior sin vistas a la calle).
Hemos consultado 3 empresas para que nos den una solución. Todos nos recomiendan precisamente lo que no quieren los del ático. La siguiente solución representa una obra impresionante, prácticamente debemos rehacer la vivienda, con el gasto que ello conlleva.
Me gustaría saber si ante esta situación es legal poner un compresor en un pedazo de fachada que no tiene vistas a la calle o por el contrario, debemos claudicar a pagar la climatización de los de arriba mientras nos fastidiamos los de abajo.
Muchas gracias y reciban un cordial saludo.
Nos puede indicar que decía textualmente el punto del acta donde se aprobo la obra?
Porque si indica de forma clara dar servicio de aire acondicionado a todas las viviendas, creo que no tiene vuelta de hoja.
Aunque creo que el único responsable es la empresa por no preveer los problemas.
Entiendo ue cada propietario se pagará su obra, porque si el gasto es comunitario, creo que ya sería el colmo
Sí, cada uno se paga sus obras, pero la instalación por donde tienen que pasar los conductos del aire la pagamos todos.
Cuando me haga con el acta le contesto.
Muchas gracias.