En Junio de 2015, el ayuntamiento de Catarroja (Valencia) le pone una multa a un amigo que iba con mi coche. Estando dentro del plazo legal, presenta por registro de entrada en el ayuntamiento, el reconocimiento de que él era el conductor en el momento de la sanción.
Dos años después, el ayuntamiento, a través de la Mancomunidad de l'horta sud, en Torrente, me embarga mi cuenta bancaria, para cubrir parte de la multa, cuyo infractor está reconocido como otra persona que no soy yo.
A continuación, realizo una reclamación en el ayuntamiento, de la que se da entrada al registro y se comunica a la Mancomunidad, y cuando les llamo al día siguiente para saber cuándo me devolverán el dinero, me dicen que no se va a devolver porque aunque reconocer el error, tengo otra multa, está sí, a mi nombre y que van a imputar lo embargado a esa multa.
Es esto legal? Se puede realizar una reclamación? Dónde?
Gracias.
Sería legal si se hubiese tramitado un segundo embargo. No pueden existir dos embargos a la vez, si hay varios impagos, se establece un orden por lo que si el segundo embargo ya estaba emitido y esperando que el primero se realizase, sería legal la retención del dinero.
No obstante los embargos son emitidos sobre una deuda concreta y bajo un número de expediente único por lo que usted debería tener notificación del segundo.
Si no se ha emitido un segundo embargo no le pueden retener el pago.