Hola;
Mi caso es el siguiente: yo soy padre no custodio. Anteayer a las 22:00 llamo a mi ex par hablar con los niños y desearles un buen inicio de cole (en Tarragona) y me dice que siguen en Menorca de Vacaciones y que se quedan allí, que ella ha encontrado trabajo y que los niños empiezan el cole al día siguiente en Menorca.
No sé ni dónde viven, ni a que colegio irán, ni cómo ni cuando los veré.
Ya sé que otro hilo habla de algo similar pero no es lo mismo ya que los papeles están cambiados.
¿Qué medidas debo tomar?
Por cierto, no me puedo costear un viaje de fin de semana cada 15 días a Menorca y mucho menos los miércoles por tarde que también tenía visitas. Me gustaría ser muy pragmático porque tengo poco dinero y pocas energías.
Si existe resolución judicial que regula custodia y visitas solicite ejecución de sentencia en cuanto a visitas (necesita abogado y procurador) y denuncie, con testigos, cada vez que vaya al anterior domicilio de los menores y no le sean entregados (no es necesario abogado, pero si lo tiene consulte cada paso con él)
Al tiempo solicite de forma urgente cambio de medidas sobre custodia para evitar que los menores sufran daño por el traslado (necesario abogado y procurador)
Apreciado Jose Ramon Viesca. Muchas gracias. Existe resolución de sentencia. Entiendo lo de la denuncia cada vez, es lo que me sugirió la policía. No entiendo qué significa "solicite ejecución de sentencia".
En cuanto a la solicitud de cambio de medidas. A quién se hace y en qué sentido las debería solicitar.
PErdone que le pregunte tanto pero necesito un poquito más de explicación.
Apreciado/a DELNIDO entiendo que tanto menores cómo yo estamos sufriendo cierto daño ya que se nos priva de nuestro derecho mútuo a vernos.
En relación con este hecho reitero todo lo manifestado en este hilo:
http://www.porticolegal.com/foro/familia/821052/cambios de domicilio y patria potestad
Esta claro que la autorización para el traslado de los hijos es una cuestión del ejercicio de la patria potestad que entiendo es compartido.
Por lo que nos cuenta su ex mujer se va con los hijos de vacaciones y decide unilateralmente no volver con ellos con lo que desde luego no parece que esté actuando con buena fe. No parece muy normal tampoco que vaya allí de vacaciones, y en ese tiempo encuentre un trabajo, tenga ya una nueva residencia y sus hijos empiecen en un nuevo colegio. Esta claro que todo apunta a una actuación de hechos consumados. Luego supongo le comunicará esta decisión y solicitará modificación de medidas a su favor. No sería el primer caso.
En primer lugar ustedes tienen que tener una sentencia judicial dónde se recogen los derechos y obligaciones de ambos y de sus hijos, una vez que cesa la convivencia (custodia y patria potestad, residencia de los menores, régimen e visitas, etc.).
Esa sentencia les vincula y es ejecutiva. Entiendo que lo que le quiere decir el Sr. Viescas es que actué de FORMA URGENTE E INMEDIATA, asesorado por un buen abogado, solicitando ejecución de sentencia. Es decir, exponiendo los hechos y solicitando que su ex cónyuge cumpla lo que se pacto y/o se decidió judicialmente (lugar de residencia de ex cónyuge e hijos, régimen de visitas, etc.). Y que quede claro también que su ex cónyuge esta actuando de forma unilateral en el ejercicio de la patria potestad que es conjunta.
En mi opinión, además de lo anterior y desde el punto de vista del perjuicio a los menores (desarraigo), solicite al Juez que adopte las medidas cautelares necesarias y urgentes, por ejemplo en base al apartado cuarto del artículo 158 del CC, que pasarían por un cambio inmediato y cautelar de custodia a su favor con la reposición de los menores a su anterior localidad. Si se aprecia el perjuicio el Juez debería actuar en muy poco tiempo.
Entiendo que todo lo anterior lo debe solicitar al mismo Juzgado de familia de la sentencia de divorcio.
Denuncie también los incumplimientos del régimen de visitas dado que usted ya no puede mantener el contacto semanal que mantenía con sus hijos.
No obstante, si se quiere valorar el grado de arraigo de sus hijos y el perjuicio ocasionado, se podrían tener en cuenta una serie de aspectos y hechos, pues todos los casos y circunstancias no son iguales.
- Tiempo que llevan divorciados y desde cuando su ex cónyuge tiene la guardia y custodia de sus hijos.
- Número de hijos y edad.
- Cuanto tiempo llevan residiendo y escolarizados sus hijos en la localidad de Tarragona y si usted y las familias (paterna y materna) residen en esa misma localidad.
- Relación con sus hijos: régimen de visitas establecido a su favor y grado de cumplimiento. Recuerde que este régimen se impide de hecho (que no de derecho) por el traslado de residencia de su ex cónyuge e hijos.
- Desplazamiento a otra comunidad, localidad, cambio de idioma, etc.
Muchas gracias a CON MAMAY PAPA y a ANGUELIN. Lo estoy comentando todo con mi abogado e incluso le he hecho llegar un link a este hilo, pues espero que a él también le pueda iluminar.
Un tema importante es que a mi por mi situación personal ya me iba bien el régimen de visitas establecido, en cambio no sé cómo me lo podría montar si asumiese yo la custodia.
EL problema de Menorca no es tanto la distancia como los costes que cada visita mía que incluírian vuelo hotel coche de alquiler comidas,... un pastón.
Parece un problema sin solución o en todo caso con pérdida segura para mi, que es sin duda lo que busca mi ex.
Al juez se la va a traer floja si tu te gastas mucho o poco para ver a tus hijos. De las pérdidas económicas o sociales de los progenitores es de lo que menos se ocupa la Ley del divorcio y, es más, ningún cambio de custodia se ha producido nunca porque un progenitor haya intentado fastidiar al otro.
Si no puedes asumir la custodia, mejor entonces solicita disminuir la pensión de alimentos a través de una modificación de medidas, justificando el aumento del gasto, como si de una disminución de ingresos se tratara.
Gracias Anguelin;
Veo que hay una parte en la que no me he explicado: mi ex me quiere fastidiar poniéndomelo muy difícil para que yo vea a los niños. Te lo aclaro porque por tus palabras me parece que te has entendido que mi ex me fastidiaría pasándome la custodia a mi. Es todo lo contrario. Ella se derumbaría si eso ocurriera.
Muesli, si comentó ya el tema con su abogado le habrá explicado:
- Ejecución de sentencia es solicitar al juez que advierta a la otra parte que debe cumplir la entrega de los menores al no custodio en el domicilio donde fija la sentencia.
- Denunciar cada incumplimiento (serán mas efectivas la denuncia tras existir ejecución de sentencia ya que la otra parte no podrá alegar que no esté ejecutada la sentencia en tema visitas)
- Modificación de medidas urgente, con abogado y procurador en el juzgado que dictó sentencia, solicitando le sean entregados los menores a Vd. para custodiarlos legalmente para evitar desarraigo a los menores por el traslado. La otra parte deberá aportar pensión de alimentos y correr con los gastos de desplazarse a ver a los hijos y vacaciones.
Mi abogado se ha puesto en contacto con la abogada de mi ex. Por lo visto la abogada está un poco en fuera de juego. Ha propuesto rápidamente una modificación de medidas en las que su cliente se ofrece en ir una vez al mes a Tarragona para entregarme lo niños y también la posibilidad adicional que visite a los niños en MEnorca yo a mi voluntad con un preaviso de una semana.
Pero yo sigo sin conocer su domicilio, su colegio,...
¿Qué opinan? a mi me da la sensación que debo aprovechar esta situación para obtener lo que es justo, sin extorsionar pero lo que es justo.