Tras un intercambio de correspondencia digital con Dª. Florina García, principal artífice de la cuestión y miembro del I.C.A. de Oviedo y Gijón, me informó personalmente, hará alrededor de un año, que la demanda se interpuso el 5 de mayo de 2009. Además me indicó la "prontitud" con la que el TEDH viene a resolver las cuestiones y que difiere poco de nuestros tribunales (TS y TC), que suele ser de unos dos años. Por lo tanto, quiero pensar y así lo deseo, que no se debe demorar mucho. Claro está, que tras el fallo, el estado español dispone tres meses para recurrirlo.
Un saludo.