Primeramente, agradeceros la disposición. Les cuento: estoy pensando en abrir un bar cafetería. El anterior arrendatario revocó la licencia de apertura en el ayuntamiento, hace dos meses, por cese de actividad. Mi pregunta es si tendría que hacer un proyecto técnico nuevo o el hecho de haber existido una licencia para la misma finalidad prevalece y no caduca? Quiero decir, si el propietario anterior lo explotó como bar cafetería y yo quiero hacer lo mismo, a pesar de que este, al cerrar el negocio, cesara su actividad y pidiera la revocación de la licencia, valdría un ambio de titularidad o tendría que solicitar una nueva?
Tras dejar quedar sin efecto una concesión de licencia, que no otra cosa es una revocación, el interesado deberá tramitar una nueva licencia con los condicionantes de la legislación vigente al momento de solicitarla.