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¿La ley laboral permite esto?

2 Comentarios
 
¿la ley laboral permite esto?
05/11/2011 19:56
¿En autonomos se permite despedir x causas objetivas sin pagar un duro de indemnizacion alegando iliquidez? mas si cabe cuando hay nominas pendientes de pago es decir, se despide al trabajador pero sin pagarle nada aunque se le da los papeles para el paro.
06/11/2011 00:28
Nooooooo, que listos, si la empresa no tiene dinero, es su problema, no el tuyo.
¿ has denunciado el impago de las nóminas?¿ esta al corriente de pago de la S.S?, si la empresa es persona física y no persona jurídica, se expone al embargo de todos sus bienes ( y de su conyuge, si estan en bienes ganaciales) para liquidar las deudas.
Denuncia,ya
06/11/2011 09:33
Esta todo en manos de especialistas y lo curioso que no hay ningun impago de ningun organismo serio ya sea S.S. ni AEAT a esos como se les tiene miedo siempre puntualitos pero los trabajadores.....