Hola, tengo un piso de alquiler en donde la inquilina se ha ido a vivir a una residencia. Previo aviso que se iba el 31 de julio 2018 fue a la administración a entregar las llaves del piso. No pagó el último mes diciendo que va a cuenta de la fianza. Su hijo no estaba de acuerdo en que se fuera a la residencia, ya que él vivía también en el piso y ella era quien pagaba el alquiler con su pensión.
El problema viene en que el hijo tiene otro juego de llaves y aún continua viviendo en el piso. Ahora la administración le va a pedir a la madre que firme la finalización del contrato.
Mi pregunta es, una vez yo tenga firmado que el contrato se ha finalizado y que las llaves me las han entregado correctamente entonces yo ya podría ir al piso y cambiar la cerradura? Si no es así agradecería me dijeran como puedo proceder para no tener ningún problema legal. Gracias
Imagino que la madre dejara de pagar. Cuando lo haga interponga una demanda de desahucio por falta de pago. No puede entrar así como así en la vivienda sabiendo como sabe que el hijo sigue dentro. En principio (aunque le extrañe) sería allanamiento de morada, y no debe hacerlo.
Usted a quien le hizo el contrato?
Si fue solo a la madre y esta entrega las llaves y firma la finalización del contrato pues si más vaya entre y cambie la cerradura no tiene por que saber que allí hay alguien si su inquilina no le ha dicho que queda allí su hijo.
Imaginemos que la madre firma el contrato de finalización, entonces es lógico que la madre deje de pagar porque el contrato ha finalizado y ha entregado las llaves. (El contrato va a nombre de la madre). Entonces como bien dice el otro comentario yo no tengo que saber que hay alguien viviendo en el piso. Iría allí a ver el piso, cambiaría la cerradura como hago siempre en todos los cambios de alquiler y listo. Sino indíqueme como debería de proceder. 1) Quizás sería mejor no firmar la finalización del contrato y hacer lo que dice usted demanda a la madre de desahucio por falta de pago? El último mes no lo pagó diciendo que era a cargo de la fianza, esto no es correcto, ahora como cobraré yo los desperfectos que haya?
2) Si consideramos que el piso se ha dejado, contrato finalizado firmado, entrega de llaves correcta entonces que debería hacer a) en el caso que yo NO sepa que hay alguien viviendo b) en el caso que yo sepa que hay alguien viviendo.
Gracias
Incluso dando por hipotéticamente bueno el argumento de que ud. no tiene por qué saber que hay nadie allí, lo cierto es que lo sabe, lo cual se le puede venir en contra en cuanto que hubiera un juicio.
Pero incluso así hay otro argumento: como ud. sabrá incluso a un okupa hay que echarlo por el juzgado. Ud. no puede entrar y echar al okupa. Así que tanto menos podrá echar al hijo de la señora y mucho menos sabiendo que vive alli. SI lo hace no es que vaya a ser el fin del mundo pero puede tener muuuuuuchos dolores de cabeza.
Lo menos malo es requerir a la madre para que pague argumentando que el piso sigue ocupado por más que ella se haya ido y advertirle de que en caso contrario interpondrá demanda de desahucio por falta de pago. Si el inquiino no puede garantizar que el piso está vacío es como si el piso estuviera ocupado y por tanto tiene que seguir pagando. Si no paga se interpone desahucio por falta de pago y ya irá la comisión judicial y echará a quien tenga que echar. Así ud, se quedará totalmente tranquila, de otro modo puede tener problemas y dolores de cabeza aunque al final termine ganando.
Sí leonjbr pero por lo que cuenta la consultante la señora ignora totalmente a su hijo y hace como que no reside allí cuando entrega las llaves y da por finalizado el contrato, no sé por que ella debe suponer que hsy alguien allí.
Usted le propone que para evitar un hipotético dolor de cabeza se cree uno ya con hostorias que desahucios etc.
Por que de entrada no puede hacer lo que es más normal y lo hace todo el mundo cuando un inquilino deja el piso entregando llaves y firmando finalización? Es que si todos los arrendores deben suponer que puede quedar alguien el piso cuando firman la finalización estamos apañados!
Quien le dice que a ella que el hijo efectivamente continua allí y no hizo las maletas unos dias después de su madre.
Es que no se puede estar todo el dia en los juzgados por tener un piso en alquiler seria una ruina que solo beneficia a los todos los que giran alrededor de los juzgados
Bueno; pues si saben uds. tanto y están tan seguros no pregunten en el foro y hagan lo que quieran. Pero luego si hay problemas verá que de haber seguido nuestros consejos no sólo nos hubiéramos beneficiado los que giramos alrededor de los juzgados, sino quien nos está consultando.
Otra cosa: si alguien cree que puede estar en el negocio del alquiler y no ir al juzgado de vez en cuando es que no ha entendido nada.
Referente a los juzgados; despues de 14 años de alquiler de cuatro viviendas, yo todavia no he pisado un juzgado y no he tenido problema alguno
No alquilar al primero que llega y un buen contrato redactado por un abogado son las llaves de no haber tenido problema alguno
Hola Amadeo, yo también tengo varios pisos alquilados y nunca hemos tenido ningún problema. . No acabo de ver que un contrato de alquiler solucione este tipo de problemas. Pero de todos modos agradecería me pudieras enviar copia de un contrato que tuviera en cuenta esta situación mía para poder ver como se podría solucionar sin ir a los juzgados. Muchas gracias.
Xavieli, no he dicho que tenga un contrato en el que este incluido este problema, y si lo tuviese a toro pasado no te serviria de nada.
Te puedo decir que pongo 22 clausulas.
Un contrato nunca puede recojer todos los problemas, por ejemplo te digo que tengo una clausula que mas o menos pone, que en en caso de incumplimiento del contrato, si tengo que acudir a la justicia, los gastos que eso ocasione seran abonados por el arrendatario.
Pero te doy mi opinion: la inquilina firma el finiquito, si tu vas a tu propiedad y cambias la cerradura como y quien va a demostrar que tu sabias que el hijo estaba alli. Ni el mentalista de pura magia Antony Blake.
Claro que hay que tener todos los cabos atados, por ejemplo: los recibos quien los abona? Porque si los abonas tu o te los envian nunca podrias demostrar que lo ignorabas, dado que si hay consumo de energia y la madre no vive, los fantasmas no consumen.
Existe riesgo? Si, pero tampoco es una idea tan mala
Vamos a ver si tenemos cuidado con los "consejos" que damos a los consultantes. Le estamos diciendo que "no es una idea tan mala" cometer un acto que es potencialmente ilegal, y (no sé si os habéis dado cuenta) de que este foro es de Derecho no de buscarse la vida.
Si no habéis tenido problemas nunca (cosa que dudo infinitamente) no sé qué hacéis en el foro de Derecho. Como poco tendréis "miedo" y os estareis informando de por donde van los tiros, lo cual es lo contrario de no tener ningún problema.
Pero bueno, si queréis hacedlo, pero no deis consejos "ilegales" a quienes consultan.
Potencialmente ilegal que alguien que recibe las llaves de su piso y la firma de termino de contrato vaya a su piso y cambie la cerradura??!!!
Ilegalidad estará cometiendo quien tenga sus cosas dentro sin tener contrato.
En todo caso que sea el que comete la ilegaludad el que denuncie, si se atreve o que demande en el juzgado a ver que argumenta..
Es que mañana puedo decir yo que vivo en tal chalet en primera linea de playa y me han cambiado la cerradura. Yo y cualquiera. Si ese tipo de denuncia se tramita sin contrato ni nada que diga que efectivente vivo allí es un sin sentido. Todos a apropiarnos entonces de cualquier vivienda.!!
Tapiz: aunque le parezca mentira si, es así.
Piense que hoy un dia incluso para echar a un okupa hay que interponer una demanda. Imagínese para echar al hijo de la antigua inquilina.
Es que además puede pasar perfectamente que el chaval diga el va a pagar. Es muy dudoso que un juez vaya a echar al hijo porque la madre se haya ido a una residencia. Así a bote pronto no está tan claro, dependerá de cada caso.
Pero ese señor deberia haber comunicado al dueño del piso su intención de quedarse y formalizar un nuevo contrato y por lo que dice la consultante no parece que haya sido así, ya que quien tiene el contrato devuelve llaves y firma el cese. No sé por que el dieño debe darse por enterado. Incluso así, el propietario tiene derecho a no alquilar su propiedad a quien no le interese,imagine si ese señor no tiene ingresos, digame por que tendria a la fuerza que alquilarle al hijo de la que fue su inquilina? si no le onteresa.
Yo voy a mi propiedad, cambio la cerradira y vuelvo a poner en slquiler y ese señor que vaya al juzgado si quiere, a vet como demuestra qie vive allí.
Vamos a ver: el hecho de que una demanda esté claramente "ganada" no significa que podamos saltarnos al juez. Hay que ir a juicio y que el juez nos dé la razón y ejecutemos la sentencia.
Las personas "normales" no podemos hacer lo que queramos, sino que tenemos que hacer lo que marca la Ley y la Ley no dice ni mucho menos que podamos entrar así como así en una vivienda de la que sabemos que hay una persona dentro viviendo.
En este hilo hay un montón de posts alegando que todo este asunto es evidente y que el casero no haría nada malo por entrar y que si esto y que si lo otro. Y yo lo comprendo. PERO eso no quiere decir que podamos entrar porque sí.
Otra cosa es que se haga y que la jugada nos salga bien, pero legalmente no podemos. A nosotros nos preguntan por cuestionesl legales y yo contesto con el Derecho en la mano.
leonjbr le entiendo perfectamente pero digame por que siempre tiene que perder el dueño de la vivienda. Cuántos meses va a estar sin cobrar la renta mientras se resuelve esto? Además de los gastos de abogados, procuradores etc.
Es un abuso por parte de la administración. El que legisla lo hace sabiendo que es la forma más económica de quitarse de encima un problema social. Si quieren que este tipo de personas sin recursos tengan un techo que se lo de el estado no los parculares, que bastsnte tenemos con pagar un montón de impuestos.
Tener un piso en alquiler supone pagar cada mes comunidad, I.B.I una vez año, que está por las nubes por cierto y eso sin co tar que el que no tiene recusros deja a deber facturas de luz, agua, etc.
No puede ser que yo seleccio e a mi i quilino por que tiene nómina, es funcionario o pensionista para asegurarme que va a pagar o que si no lo hace hay de donde tirar y que luego meta en casa a su hermano, hijo o lo que sea son recursos y me lo deje allí y yo tenga obligación de tenerlo cuando con esa persona no he firmado nada. Ya le digo que si un okupa puede ir a una cass y cambiar la cerradura yo voy a la mia con infinito mas motivo y la cambio y si quiere que me denuncie, demande etc o lo aue quiera que sea él que comience gastando en abogado y demostrando, que no sé como iba a demostrar que vive ahí y a santo de que.
Vamos a ver Tapiz: no se me venga tan para arriba. Voy a empezar por el final:
1.- Yo no me equivoco, pero ni un pelo. El que se equivoca es ud. y la razón es la siguiente (que no nos queremos enterar): el hijo de la señora todavía no ha hecho ninguna "jugada" porque con la información que tenemos no se deduce que haya existido jugada alguna ni sabemos si el hijo está buscando un piso o no y no lo encuentra si ha firmado un pacto paralelo con alguien apoderado por el casero o no o ni tan siquiera hemos leido las cláusulas del contrato ni sabemos si la señora se va para siempre o no. UNA DE LAS PRIMERAS COSAS QUE APRENDÍ CUANDO EMPECÉ EN ESTO DE LA ABOGACÍA FUE QUE NO SE PUEDE CONDENAR A ALGUIEN SIN ESCUCHARLO, y de los posts que tenemos no sabemos si el hijo tiene algo que alegar o no. PRECISAMENTE PARA ESO ESTÁN LOS JUICIOS para alegar lo que se tenga que decir para justificar tu postura. Si luego se ve que el hijo se está columpiando ya le condenará el juez.
En cambio, con la información que obra en este post YO YA SI LE DIGO QUE EL CASERO ESTÁ HACIENDO UNA "JUGADA" SI PRETENDE CAMBIAR LA CERRADURA SABIENDO COMO SABE QUE ALLÍ DENTRO SIGUE VIVIENDO UNA PERSONA YA SEA CON O SIN CONTRATO.
Le vuelvo a recordar a todo el personal que lea este hijo que INCLUSO A UN OKUPA HAY QUE ECHARLO POR EL JUZGADO NO POR LAS BRAVAS.
De modo que vuelvo a repetir: el casero está intentando una jugada por más que nos parezca justo lo que propone, porque quiere entrar en una vivienda sabiendo que hay gente dentro que utiliza dicha vivienda como casa habitual. LA LEY PROHÍBE ESO y por lo tanto estamos ante una "jugada".
Pero es que le digo más: incluso si supiéramos que el hijo también está haciendo una jugada, incluso así, eso no le daría derecho al casero ha cambiar la cerradura y entrar.
Si lo hace y le sale bien, pues de acuerdo, pero si no le sale y tiene problemas, que recuerde los consejos que se le dió en este hilo.
Creo que las explicaciones que he dado son más que suficientes.
2.- En cuanto a lo segundo, es decir, en cuanto a que es un abuso de la administración a que el dueño siempre pierde, etcétera.
Esto es verdad, pero la culpa es del propio pueblo español por votar a unos partidos que se muestran tan blandos con la persecución de los delitos y en general tan blandos con casi todo. Quizás no sea culpa de ud, pero si del pueblo en general. Todo el mundo es super progre, super bueno, y super todo, pero claro, eso tiene una consecuencia y es que al final cuando se presentan los problemas no hay soluciones ni fáciles ni rápidas.
Mientras la gente siga votando por unos partidos tan laxos seguiremos con estos problemas. Y por si acaso recuerde que ahora mismo España no es un país que busque ni la excelencia ni la justicia ni nada por el estilo, lo cual tiene sus consecuencias. La próxima vez que vaya a votar recuerde este hilo y sea consecuente.