Hola a todos!.
Tengo un problema gordo; y quería que me echaseis una mano, pues en temas de derecho ando muy perdida...
Hace cuatro meses y despues de mucho bajar mi vivienda; una inmobiliaria consiguió reservarla.
En ese momento, yo tan contenta; entregué 9.000 € de los 12.000 que cogí de señal, a la inmobiliaria.
Llegado el momento de escriturar la casa los compradores se echan atrás, perdiendo las arras...
Ahora tengo de nuevo mi chalet sin vender; otra vez a sufrir vendiéndolo (ya no puedo bajarlo más) y la inmobiliaria no me devuelve los 9.000 euros que la entregué por que según ellos su trabajo estaba hecho y no es su culpa que se haya caido.
No me dí cuenta de lo que firmaba; pero ponía que debía entregar a la inmobiliaria 9.000 euros a la firma del contrato de venta y el resto (4.315 euros) cuando firmasen la escritura. Pensé que si no se escrituraba me devolverían los 9.000, o una gran parte, pero en otra clausula del contrato dice textualmente: "4º- Una vez localizado un comprador, el Agente percibirá unos honorarios de 5 % más Iva, sobre el precio final de compraventa, que se abonarán por el cliente-vendedor en el momento de la aceptación y firma por su parte de la oferta de compra transmitida por el Agente, y en cualquier caso en la entrega de las arras".
Perdonad la extensión, pero es que estoy muy apurada y toda ayuda es poca. Mis preguntas:
¿Debe devolverme la inmobiliaria alguna cantidad, al no haber escriturado su cliente?.
¿debo abonarles yo a la inmobiliaria los 4.315 euros que faltarían hasta llegar a su comisión del 5%?. (entiendo que en contrato pone que se pagarán en las escrituras; si no hemos llegado a ese momento, supongo que no he de pagar.)
¿existe alguna jurisprudencia sobre este tema? (Lo digo por que según la inmobiliaria sí; y llevo todas las de perder si intento algo.)
Muchas gracias por el cable; ¡espero vuestras ideas! y feliz puente.
Es cierto Anto; firmé un contrato tipo de compraventa con los compradores... y fue entonces cuando pague a la inmobiliaria los 9.000 € (el 75% de lo recibido).
Mi duda es que en realidad, comprador es aquel que compre el chalet, como el chalet finalmente nadie me lo compró... Podría entenderse que no se perfeccionó la compra y la inmobiliaria ha cobrado demasiado.
A lo mejor es imposible, pero me veo ahora con que el gran negocio ha sido el de el Agente inmobiliario; y yo sin vender el chalet... Legalmente no digo que no sea así, pero justo no es... y la inmobiliaria jamás me explicó que esto podría pasar.
Muchas gracias; y si se os ocurre algo, decidmelo. Un saludo, Miriam Fdez.
Existe una jurisprudencia que dice que lo importente no es el nombre que las partes del al contrato sin la consistencia de las obligaciones.
Si las obligaciones son las propias de un contrato de arras entonces, por mucho que en ese documento se diga que es de compraventa, realmente estamos ante un contrato de arras y, por tal razón, al no haberse perfeccionado la compraventa puede defenderse la devolución de los 9.000 €.
Gracias Anto; soy de nuevo Miriam, perdona que ande mareandote, pero es que si hubiese una salida legal a recuperar el dinero, me agarraría a ella... porque no me parece justo.
No entiendo la diferencia entre arras y compraventa, en cualquier caso, ese contrato se firmo entre los compradores y yo como vendedora.
¿No sería más importante el "contrato de mediación inmobiliaria en exclusiva" que me dió a firmar el Agente inmobiliario?.
Muchas gracias de nuevo.