"La firma de un contrato de arrendamiento está sujeta al Impuesto Actos Jurídicos Documentados. Este impuesto se puede pagar bien en Hacienda, directamente, bien mediante la compra de un modelo de contrato que incorpora timbre del estado. Es decir una plantilla de contrato con cuya adquisición en Estancos ya estamos pagando dicho impuesto. Es decir, que el contrato se puede imprimir en papel corriente y luego pagar los impuestos aparte llevando una copia a Hacienda, o bien aprovechar la plantilla oficial con timbre del estado."
De ser cierto como se calcula el pago? y quien debería pagarlo el arrendador o el arrendatario?. Es valido para arrendamientos de viviendas y tambien de locales?