En el proceso de elaboración de leyes, después del plazo de 15 días para presentar enmiendas, éstas se envían a la comisión permanente correspondiente. Aquí, si lo he entendido correctamente, para enmiendas del articulado se designa una Ponencia que luego redacta el Informe para ser debatido en Comisión y tras la cual se realiza un Dictamen que pasará al Pleno.
Aquí viene mi duda. Una Enmienda a la Totalidad pasa por todo este proceso o es sólo cuando se rechaza la enmienda en el pleno?