Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

La dejacion de funciones pueden ser constitutivo de responsabilidades penales

0 Comentarios
 
La dejacion de funciones pueden ser constitutivo de responsabilidades penales
16/07/2005 20:18
Desde hace 15años que tengo problemas con mi vecino del piso superior,tiene las tuberias en muy mal estado y se niega a reparar.En 1992 obstuve una sentencia condenatoria,en 1996 el agua le fue cortada por orden del juzgado de guardia y desde el 2002 tengo otra demanda puesta,mi vecina intento echar la culpa a la comunidad alegando que podria ser un bajante;pero desde mediado de junio existe un informe pericial que certifica que ella es la responsable de los daños y este informe esta en poder del juez.Estas son las fechas mas relevantes,pero desde hace 15años no he dejado de tener problemas de humedades.
Esta es mi pregunta:Aunque estos problemas van por la via civil,la dejación de funciones podrian incurrir en responsabilidades penales.Y aunque esto va por lo civil,despues de tantos años podria pedir una idemnizacion por todas las penurias sufridas.
Gracias